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El TS respalda la prohibición de pisos turísticos para comunidades de vecinos

El TS recolza la prohibició de pisos turístics per a comunitats de veïns

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El pasado día 12 de diciembre de 2023 se hicieron públicas dos resoluciones del Tribunal Supremo que respaldan la capacidad de las comunidades de vecinos para prohibir la actividad de alquiler turístico en sus edificios, siempre y cuando esta restricción esté debidamente establecida en los estatutos. Una, referente a un caso en Oviedo y la otra, en San Sebastián.En el caso de Oviedo, el Tribunal determinó que la actividad de alquiler turístico realizada en dos pisos de un edificio estaba en contradicción con los estatutos de la comunidad, los cuales restringen cualquier actividad empresarial, mercantil o comercial en las viviendas, reservándolas exclusivamente para uso residencial.Por otro lado, la sentencia referente a San Sebastián ratificó la prohibición de realizar actividades económicas que se recogen tanto en las normas de la promotora, como en los contratos de compraventa, equiparando el alquiler de viviendas con fines turísticos a una actividad empresarial y comercial. Esta resolución se fundamenta en la interpretación de la legislación sectorial turística de la CCAA y las ordenanzas municipales, que rezan así “la condición de actividad económica de alquiler de las viviendas que se ofrezcan o comercialicen como alojamiento por motivos turísticos o vacacionales, y que son cedidas temporalmente […] a terceros, de forma reiterada o habitual y a cambio de contraprestación económica”. Es crucial destacar que estas decisiones judiciales se centran en la interpretación de los estatutos de las comunidades de vecinos y no en la regulación establecida por la Ley de Propiedad Horizontal, que requiere el acuerdo de tres quintas partes de los propietarios para llevar a cabo actividades como el alquiler turístico.En resumen, el Tribunal Supremo respalda la capacidad de las comunidades de vecinos para prohibir el alquiler turístico en sus edificios cuando esta prohibición esté claramente establecida en los estatutos.Visto el panorama actual, y en el supuesto de que se halle en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente. Por otra parte, les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.

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