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Una indemnización por una trombosis tras ser vacunada contra la Covid-19

Una indemnització per una trombosi després de ser vacunada contra la covid-19

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado la sentencia número 293/2024 de 3 de mayo, por la que reconoce la responsabilidad patrimonial del Servicio de Salud de la Junta de Extremadura por la trombosis sufrida por una ciudadana tras suministrarle la vacuna Janssen contra la Covid-19.La afectada se vacunó, según aconsejaban los servicios públicos, en el periodo de la pandemia, resultando que un tiempo después tuvo que ser ingresada de urgencias con un cuadro de isquemia. En el caso concreto, se entiende que se ha probado la existencia de un nexo causal entre la vacunación con la vacuna Janssen y las secuelas padecidas por la recurrente. En el informe del servicio de hematología de la propia administración se estableció que la trombosis arterial padecida por la administrada se debía a la vacuna suministrada. Para el Tribunal no hubo una mala praxis médica, actuando conforme a la lex artis ad hoc. No obstante, sí que concurre una responsabilidad patrimonial, puesto que se considera que la administración “forzó” a la población a vacunarse. Así, establece que “la función que desempeñaba cada uno de los ciudadanos que se vacunaba, no solo le beneficiaba a él sino a toda la colectividad y si ahora no se atendiera a quienes se han visto singularmente perjudicados a consecuencia de esta actividad individual y de trascendencia colectiva se rompería el principio de igualdad en el levantamiento de las cargas o de los peligros que acechan a la sociedad, de ahí que, realmente, exista un principio de solidaridad social, que sirve de fundamento de actuación y consecuentemente responsabilidad”. Motiva que los perjudicados no tienen la obligación de soportar “los efectos adversos que hayan podido sufrir con ocasión de una vacunación global cuando la misma se ha promovido por la administración en beneficio de toda la sociedad”.  Añadiendo: “En estas circunstancias ha de ser el conjunto de la sociedad, por un principio de solidaridad, la que debe asumir los daños producidos.” Contra la sentencia, la Junta de Extremadura podrá interponer recurso de casación. Visto el panorama actual, y en el supuesto de que usted se encuentre en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente. Les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.

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