El Tribunal Supremo y el subsidio de desempleo para mayores de 52 años
La Sala Social del Supremo ha dictado una sentencia por la que aclara que para que se pueda reconocer el subsidio de desempleo a mayores de 52 años el interesado deberá constar como demandante de empleo de modo ininterrumpido desde que se le agotó previamente la prestación por desempleo.En ella hace hincapié en que el objeto de dichos subsidios es no dejar desprotegidos a quienes son demandantes de empleo y no encuentran un trabajo antes de alcanzar la edad de 52 años. Aclara que es improcedente otorgarlo a aquellos que no buscan trabajo y pretenden cobrarlo, posteriormente, al cumplir 52 años. Su finalidad es permitir acceder a los “trabajadores que no alcanzaban esa edad cuando se produce la situación de necesidad protegida, pero que se mantienen inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo desde entonces y hasta cumplir 52 años..., evidenciando de esta forma su voluntad de mantenerse en el mundo laboral...”.También aclara: “La exigencia de inscripción ininterrumpida como demandante de empleo no está por consiguiente referenciada al momento en el que se alcanza la edad de 52 años, sino al nacimiento de la situación protegida en la que debe encontrarse el trabajador para acceder posteriormente al subsidio para mayores de 52 al cumplir esa edad. Así se desprende de la propia literalidad de la norma”.Esta sentencia viene a resolver un recurso planteado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), revocando la resolución recurrida que interpretó que la inscripción como demandante de empleo ininterrumpida solamente era exigible a partir de los 52 años. En el caso concreto el interesado se inscribió como demandante de empleo justamente 3 meses antes de cumplir 52 años, por lo que el Alto Tribunal entiende que antes estuvo voluntariamente apartado del mundo laboral puesto que, pese a haber trabajado por cuenta propia en dos periodos diferentes, al finalizar éstos nunca se inscribió como demandante de empleo. Visto el panorama actual, y en el supuesto de que usted se encuentre en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente. Les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.