La nueva ley de eficiencia del servicio público de justicia y los MASC obligatorios
La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia aprobada el 19 de diciembre de 2024 entrará en vigor el próximo 3 de abril. El objeto de la reforma, según la exposición de motivos, es la modernización del sistema judicial para hacerlo más accesible y eficiente. Así, intenta reducir la carga de trabajo de los juzgados fomentando el uso de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) cuya finalidad última es reducir el número de litigios y el colapso judicial actual. Todos ellos son procesos y técnicas que intentan promover un acuerdo y evitar un futuro litigio. La reforma consiste fundamentalmente en que hasta ahora los MASC eran voluntarios, pero tras su entrada en vigor pasan a ser obligatorios en general en materia civil, mercantil y laboral. Ahora bien, quedan excluidos los conflictos relativos a filiación, paternidad, estado civil y similares así como los de protección de derechos fundamentales. También aquellos de materia penal, mercantil y laboral en los que una de las partes sea una entidad pública. En la página web de la Administración de Justicia se establece entre estos métodos (MASC) los siguientes: mediación, conciliación, negociación, derecho colaborativo, oferta vinculante confidencial y opinión de persona experta independiente. La novedad de la nueva ley es, por tanto, la obligatoriedad de que con carácter previo a la interposición de la demanda se haya acudido a los métodos MASC en la jurisdicción civil, mercantil y social, de manera que se habrá de acreditar en el proceso judicial posterior que se ha intentado solucionar el conflicto extrajudicialmente. En el caso que se hubiese optado por la mediación se habrá de adjuntar un certificado acreditativo de ello junto a la demanda. Se trata de un nuevo presupuesto de procedibilidad para que posteriormente se admita la demanda. Popularmente se habla de la mediación, pero las partes también cumplirán con dicho requisito de procedibilidad si han recurrido a cualquier otro método MASC (negociación entre las partes, conciliación, etc). Vista la situación actual, y en el supuesto de que usted se encuentre en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente. Les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.