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Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló ayer que los interinos que llevan años encadenando contratos en la administración puedan convertirse en fijos, con contrato indefinido, reafirmando así el contenido de otra anterior sobre este asunto dictada hace unos meses. Queda claro que la máxima instancia judicial europea emplaza a todas las administraciones públicas catalanas –este fallo era referente a tres trabajadoras de la Generalitat– y del Estado español a evitar cubrir de esta manera funciones que no son temporales, sino permanentes, y a mejorar el trato a los afectados. Indica que la directiva europea que regula este ámbito “se opone a una jurisprudencia y a una normativa nacionales” que limitan la compensación económica a los afectados por esta situación al abono de una indemnización limitada a 20 días por año de servicio y a un máximo de 12 meses de salario si no superan con éxito el proceso selectivo que convoque la administración para las plazas que ocupan. La incógnita estriba en la coletilla que incluye la resolución final de la sentencia. Esta dice que la conversión de empleos temporales encadenados en “contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido” puede ser “la medida” para “prevenir, y en su caso sancionar”, estas prácticas, pero añade que “siempre que esa conversión no implique una interpretación contra legem del Derecho nacional”. Para la Plataforma de Afectados por la Función Pública y algunos sindicatos, la conclusión es contundente: todos estos interinos deben pasar a ser fijos. Otros sindicatos destacan que lo que hace el TJUE es ordenar acabar con la temporalidad en el empleo público. Y por su parte, el Gobierno central, a través del ministro de la Función Pública, José Luis Escrivá, circunscribe los efectos de esta sentencia a “los casos previos a 2021” y a los conflictos judiciales que han generado y que están en los tribunales, y destaca que la ley para poner fin a esta temporalidad que entró en vigor ese año está dando “resultados extraordinarios”. Habrá que ver cómo interpreta el Tribunal Supremo el fallo del TJUE, porque en febrero ya discrepó de su criterio, y si el ministerio o los gobiernos autonómicos introducen cambios en la forma de cubrir sus necesidades de personal. No obstante, y al margen de lo que suceda, hay que instar a que todas las administraciones –locales, comarcales, provinciales, autonómicas y estatal– tengan de una vez un marco estable y transparente sobre las plazas de empleo público necesarias, previendo tanto ampliaciones como la amortización de las que se conviertan en prescindibles, y que haya procesos de selección periódicos para cubrir las vacantes que garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad, evitando abusos de temporalidad y también que este tipo de contratos sean la forma de facilitar el acceso a la administración de determinadas personas.

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