Derechos de los pacientes
La Audiencia de Lleida ha ratificado la absolución de la doctora del hospital Arnau de Vilanova que fue juzgada el año pasado por hacer cuatro transfusiones de sangre a un paciente testigo de Jehová el día 21 de julio del 2016. El tribunal desestima el recurso presentado por la acusación y confirma en su totalidad la sentencia del juzgado de lo Penal 2 de Lleida. Cabe recordar que el denunciante, que ejerce la acusación particular, la llevó a juicio al considerar que la médica, que entonces era jefa de Urgencias, era autora de los delitos de coacciones, contra la integridad moral y lesiones, solicitando que fuera condenada a un año y tres meses de prisión, a dos años de inhabilitación y a que le indemnizara con 10.000 euros por los daños morales causados. La Fiscalía, la defensa, que ha ejercido el letrado Carles López, del Despatx Simeó Miquel, y el Institut Català de la Salut, se opusieron al recurso. Sobre este caso, es muy importante resaltar que el paciente se negó a firmar el rechazo de la transfusión. Y en esta negativa está la clave de la cuestión. Está claro que los enfermos tienen todo el derecho, moral y legal, a decidir qué tratamientos quieren y cuáles no para incidir sobre su salud. Y en este apartado podríamos incluir el derecho a una muerte digna (eutanasia), no ser reanimados en determinadas situaciones y otras prerrogativas de los enfermos que contempla el registro de voluntades anticipadas. Por tanto, si por los motivos que fuere, una persona mayor de edad se niega a recibir transfusiones de sangre, tratamientos contra el cáncer, de la esclerosis lateral amiotrófica (ELA) o de cualquier otra dolencia, solo a los implicados corresponde esta decisión, los médicos deben respetarlo y solo un juez puede dictaminar lo contrario. Ahora bien, si no existe este deseo, expresado voluntariamente y firmado como marcan los protocolos, los sanitarios tienen la sagrada obligación de intentar salvarles la vida. Y en el caso que nos ocupa, no existió voluntad expresa y rubricada de este testigo de Jehová para negar el tratamiento y, por tanto, la doctora hizo lo que correspondía, inyectarle sangre y procurar curarle.
Pere Lluís Font
El filósofo Pere Lluís Font (Pujalt, Pallars Sobirà, 1934) es el ganador del 57.º Premi d’Honor de les Lletres Catalanes. Este teólogo y traductor pallarés ha sido galardonado por Òmnium por su contribución en el campo de la filosofía en lengua catalana y por haber sido editor y “potenciador” de esta rama del conocimiento. En el terreno académico ha contribuido a la enseñanza filosófica en catalán a las nuevas generaciones. Además de ser un pensador humanista comprometido, cívico y activo. Un reconocimiento más que merecido.