Sentencia “no política” sobre el arte de la Franja
La Audiencia Provincial de Huesca ve acreditada la pertenencia de los 111 bienes sacros de la diócesis de Lleida a las parroquias de Barbastro-Monzón. Estima en parte los recursos presentados por el obispado y el Consorci del Museu Diocesà i Comarcal de Lleida en lo relativo a las costas del juicio y desestima el recurso de la Generalitat. La sentencia ahora dictada es la respuesta al recurso de apelación de instituciones catalanas contra la sentencia del juzgado de Barbastro nº 1 de 10 de diciembre de 2019, que fue el encargado de enjuiciar el pleito por los 111 bienes sacros de parroquias de la diócesis de Lleida que luego pasaron a las de Barbastro-Monzón y que ordenó la inmediata entrega de las obras a cada una de las parroquias. En una amplia argumentación, el tribunal desgrana todos y cada uno de los motivos alegados por los recurrentes para acabar concluyendo la desestimación de los recursos presentados a excepción de las costas del juicio. Ante las cuestiones planteadas, y en concreto al aludir el obispado de Lleida al perjuicio que la devolución ocasionaría a los derechos de los catalanes, el tribunal dice que “el presente procedimiento es estrictamente jurídico, no político, y no valen más los derechos de los ciudadanos catalanes ni los de los ciudadanos aragoneses, por más que a la resolución en uno u otro sentido se le pueda pretender anudar un significado diferente. En cualquier caso, quedan garantizados los derechos de todos los ciudadanos españoles a la protección de los bienes de interés cultural y al acceso a los mismos, puesto que la decisión sobre la propiedad de los bienes no hace desaparecer las competencias de las diversas administraciones en relación a estos bienes”. Recuerda también que lo que se discute es exclusivamente la propiedad y su traslado. Ante este nuevo revés al reconocimiento hecho por la diócesis de Lleida por conservar el arte y la unidad museística, que es una premisa preservada y aconsejada en todo el mundo, caben precisiones. La más importante y trascendente es sin duda que el tribunal niega el cariz político del litigio, cuando este se inició precisamente por cuestiones estrictamente políticas al solicitar que las parroquias aragonesas integradas en la diócesis de Lleida, por historia y proximidad, pasaran a la aragonesa de Barbastro-Monzón y hacer coincidir así las fronteras administrativas con las eclesiásticas. Y son argumentos fundamentalmente políticos los que han alimentado el enfrentamiento entre el gobierno aragonés y el catalán y han imposibilitado un acuerdo de vecindad, que sin duda hubiera favorecido a los visitantes y hubiera preservado la unión de estos tesoros eclesiásticos que la diócesis de Lleida reunió, conservó, compró y guardó. Como política fue la decisión de llevarse las obras de Sijena con nocturnidad y alevosía aprovechando la aplicación del 155 en pleno procés.