La Fiscalía investiga un delito contra la salud pública por la carne contaminada por listeriosis
La Fiscalía de Sevilla investiga un posible delito contra la salud pública tras la denuncia presentada por la Junta de Andalucía contra la empresa Comercial Martínez León, que habría comercializado la carne mechada de Magrudis, origen del brote de listeriosis, sin un etiquetado correcto. La Junta presentó la denuncia ante la Fiscalía para que confirmara que Martínez León reenvasó la carne de Magrudis sin indicar cuál era el proveedor del producto que llegaba finalmente al consumidor.
La investigación se basa en los artículos 364 y siguientes, hasta el 367, del Código Penal, que abordan delitos contra la salud pública relativos a la contaminación de alimentos y de bebidas, han informado a Efe fuentes de la Fiscalía.
El artículo 364 explica que la persona que "adulterare con aditivos u otros agentes no autorizados susceptibles de causar daños a la salud de las personas los alimentos, sustancias o bebidas destinadas al comercio alimentario, será castigado" con penas de prisión de uno a cuatro años.
Además, se le podrá castigar con una multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de tres a seis años a los productores, distribuidores o comerciantes que pongan en peligro la salud de los consumidores, según recoge el Código Penal. "Si el reo fuera el propietario o el responsable de producción de una fábrica de productos alimenticios, se le impondrá, además, la pena de inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio de seis a diez años", precisa el artículo 364 del Código Penal.
Tras la denuncia de la Consejería, la Fiscalía de Sevilla ha emitido un oficio para que Salud les remita el acta de inspección en el que informaba de que la comercializadora reenvasaba la carne de Magrudis, si se ha procedido a la retirada de todos los alimentos contaminados y las inspecciones que están haciendo sobre el brote. Hasta ahora, el brote ha afectado a 193 personas, entre ellas a una anciana que murió y a una mujer que perdió a su bebé, y se sospecha que causó la muerte de un enfermo terminal de cáncer y otro aborto, extremos que están pendientes de confirmar los análisis epidemiológicos.
La investigación judicial estará condicionada a que la Policía determine si lo ocurrido con este brote es una actuación negligente de la empresa por no hacer los controles necesarios para impedir la venta de la carne contaminada o, sin embargo, ha habido intención de poner en el mercado productos en mal estado.
Esa diferencia es básica para establecer el denominado "dolo" o intencionalidad en la actuación de la empresa y por tanto si existe responsabilidad penal o solo administrativa, han subrayado fuentes judiciales.
En caso de responsabilidad penal, podría imputarse a la empresa un delito contra la salud pública y, en concurso con él, diferentes delitos por cada una de las personas que han sufrido lesiones y otros tantos por las muertes y abortos imprudentes, han añadido las mismas fuentes.
En cualquier caso, el sistema judicial español tiene una limitación para las condenas, que como máximo puede ser el triple del delito más grave que se le impute.
Además de la Fiscalía de Sevilla, la Fiscalía Superior de Andalucía ha abierto una investigación penal sobre el brote de listerioris tras recibir la denuncia presentada por la Asociación Defensor del Paciente, está analizando la documentación adjuntada por los denunciantes y ha solicitado la actuación de oficio de la Unidad de Policía Adscrita a la Fiscalía.