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Entra en vigor la prohibición de fumar en la calle sin distancia mínima

El DOGC también publica la recomendación de limitar los encuentros sociales a un máximo de 10 personas

Clientes ayer en una terraza ayer en la ciudad de Lleida.

Clientes ayer en una terraza ayer en la ciudad de Lleida.ITMAR FABREGAT

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El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado este martes las nuevas restricciones acordadas con el ministerio de Sanidad para la contención de la pandemia de la covid-19 (ver documento). Las medidas, firmadas por la consellera de Salud, Alba Vergés, incluyen la prohibición de fumar en la vía pública cuando no se pueda respetar una distancia interpersonal de al menos dos metros que también se aplica a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua o similares. También establece que las actividades de hostelería y restauración tendrán que cerrar antes de la una de la madrugada, sin que puedan admitir nuevos clientes antes de la medianoche. Incluye también la recomendación de limitar los encuentros sociales a un máximo de 10 personas.

Hoteles, restaurantes, terrazas, bares y chiringuitos también tendrán que garantizar la distancia de un metro y medio tanto en el servicio de barra como entre las mesas o agrupaciones de mesas, que no podrán superar a las 10 personas.

Los incumplimientos a la resolución serán "constitutivos de infracción administrativa" de acuerdo con el decreto del 4 de agosto que estableció multas de entre 100 y 3.000 euros en el caso de las infracciones leves y hasta los 600.000 en el caso de las muy graves.

Esta normativa se ha aprobado "ante la realidad del número de contagios y el incremento de los ingresos hospitalarios" y según el acuerdo del consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Salud, según expone lo mismo redactado.

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