Bares y restaurantes podrán abrir hasta la 1 de la madrugada
El Procicat da un paso más en la desescalada con nuevas medidas que entrarán en vigor este viernes 4 de junio
La Generalitat ha aprobado hoy nuevas mejoras con respecto a la contención de la epidemia de la COVID-19 que entrarán en vigor este viernes 4 de junio. El Procicat ha dado el visto bueno este miércoles a la suavización de algunas restricciones, que permitirá una ampliación de horarios o de aforos en algunos sectores.
La medida más destacada es que el horario de abertura al público de las actividades culturales, deportivas, servicios de restauración, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales anexos a gasolineras se amplía de las 00.00h hasta la 1.00.
El ejecutivo catalán también ha acordado incrementar el aforo de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle, de los mercados no sedentarios y en las ferias mercados así como las zonas comunes y de paso de los centros y recintos comerciales, que pasa del 50 al 70%. Se incrementa del 30% al 50% el aforo en parques, ferias de atracciones y actividades lúdicas en espacios cerrados.
Se exceptúa de la limitación de consumo de alimentos y bebidas en reuniones en los espacios públicos, el consumo de que se haga en espacios públicas habilidades, como áreas de ocio, de descanso, de picnic y similares. Actualmente, se limitaba el consumo de alimentos y bebidas en las reuniones en espacios públicos (entendiendo como reunión aquellas permitidas con un máximo de 10 personas) y sólo se exceptuaban las comidas que se pudieran hacer al aire libre en las salidas escolares, en las actividades de intervención socioeducativa y en las del ocio educativo permitidas. Estas continúan excepcionades y se añade las que se hagan en espacios públicos con mobiliario habilidad para este consumo.
A partir del 4 de junio también se permitirá el acceso y uso de las zonas recreativas, como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso de los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales, que hasta ahora estaba restringido.
Por otra parte, se habilita el uso de los establecimientos de restauración que se encuentran en locales y espacios como teatros, cines, auditorios, circos o equipamientos deportivos que hasta ahora no se podían utilizar.
Las actividades culturales (artes escénicas y musicales y espectáculos públicos) y las competiciones deportivas, que se desarrollen en todo momento al aire libre, en instalaciones o equipamientos que tengan un aforo autorizado superior a 15.000 personas, podrán tener un número máximo de asistentes del 20% del aforo si se establezcan espacios sectoritzats, con control de flujos de acceso y salida, baños y zonas de restauración independientes (no permeables entre sí), con un máximo de 3.000 personas en asientos preasignados. También se tienen que prever medidas de circulación de los asistentes que eviten las aglomeraciones en los cruces o puntos de más afluencia. Con respecto a las actividades con un aforo menor a 15.000 personas, se mantiene el máximo de 3.000 personas.
Se incrementa al 70% el aforo en los equipamientos cívicos si disponen de condiciones de ventilación reforzadas; las actividades relacionadas con el juego, con un máximo de 500 personas (hasta 1.000 en condiciones de ventilación reforzadas y medidas de control de aglomeraciones) y el aforo en instalaciones y equipamientos deportivos.
Con respecto al transporte público, se elimina la restricción en el empleo|ocupación de vehículos hasta 9 plazas. Este uso estaba restringido a 6 personas y no se permitía ocupar el asiento del lado del conductor.