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El Supremo avala el derecho de las prostitutas a sindicarse

Integrantes de OTRAS a la entrada de la Audiencia Nacional.

Integrantes de OTRAS a la entrada de la Audiencia Nacional.EFE

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El Tribunal Supremo estableció ayer que las personas que desarrollan trabajos sexuales tienen derecho a sindicarse, sin que ello determine “la legalidad (o ilegalidad)” de esta actividad. La Sala Cuarta del alto tribunal ha estimado el recurso del sindicato Organización de Trabajadoras Sexuales (OTRAS) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba la nulidad de sus estatutos al considerar que amparaban la prostitución asalariada.

De este modo, desestima las demandas formuladas al considerar conforme a derecho los estatutos del sindicato. El Supremo publicará el contenido íntegro de la sentencia en los próximos días.

Las trabajadoras sexuales dan, así, un paso más en su intento de sindicarse, un objetivo que consiguieron en agosto de 2018, cuando el ministerio de Trabajo publicó en el BOE una resolución en la que daba vía libre a la constitución de esta organización. Esta decisión sorprendió a los miembros del Gobierno, ya que el PSOE es un partido que se ha declarado abolicionista de la prostitución.

De hecho, pocos días después de esta publicación, la entonces ministra del ramo, Magdalena Valerio, aseguraba que su equipo le había “colado un gol por la escuadra” con esta decisión. Se pidió, entonces, a la Abogacía del Estado que iniciara los trámites para declarar esta resolución nula y, más tarde, la Audiencia declaró la nulidad de los Estatutos del OTRAS.

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