Covid 19: ¿Qué se puede y hacer y qué no a partir de hoy en Cataluña?
Además de las nuevas medidas vigentes desde hoy, se prorrogan otros contempladas en resoluciones anteriores
Ante el incremento de positivos por|para la Covd-19 y el impacto negativo de la variante delta a partir del 9 de julio entran en vigor nuevas medidas para prevenir los contagios. Los cambios sustituyen la normativa anteiror y serán revisables en función de la situación epidemiológica, asistencial y de cobertura vacunal de la población.
Los principales cambios respecto de las resoluciones anteriores afectan al ocio nocturno, los acontecimientos masivos y la recomendación del uso de mascarilla. Continúan vigentes las medidas sobre restauración, comercios, extraescolares, equipamientos cívicos, consumo de tabaco, asambleas de entidades y entorno laboral.
OCIO NOCTURNo
- Cierre del ocio nocturno interior. La medida no afecta espacios exteriores como las terrazas.
- Finalización de todas las actividades a las 3 h de la madrugada, en lugar de las 3.30 h como|cómo se había hecho en las últimas semanas.
- Registro de asistentes obligatorio (los datos se tienen que guardar durante un mes para permitir la trazabilidad de los contactos en caso de que haya un caso de COVID-19).
- La disposición de los clientes tiene que limitar grupos de máximo 10 personas en el exterior, garantizando la distancia física de 1,5 metros entre diferentes grupos.
ACONTECIMIENTOS MASIVOS
En los acontecimientos de más de 500 personas no sentadas se tendrá que establecer un plan de seguridad que garantice que los asistentes han pasado un test|tiesto de antígenos o una PCR negativa 12 horas antes del acontecimiento o presenten certificado de pauta completa de vacunación.
RESTAURACIÓN
- Capacidad del 100% en exterior y 50% en el interior.
- 6 personas por mesa en interior. 10 en terrazas. A menos que pertenezcan a la burbuja de convivencia.
- 2 metros de separación entre comensales de mesas diferentes al interior, 1,5 en caso de de exterior y terrazas.
COMERCIOS
70% de aforo en pequeño comercio, establecimientos y centros comerciales y mercados no sedentarios.
Extraescolares
Permitidas todas las actividades formativas o educativas no regladas y de deporte escolar. Se pueden realizar de acuerdo con el Plan|Plano de actuación para el curso 2020-2021 para centros educativos en el marco de la pandemia por COVID-19 en relación con las actividades extraescolares y las colonias y salidas escolares.
Equipamientos cívicos
- Presencialidad en actividades cívicas y comunitarias.
- Hasta el 70% del aforo garantizando la ventilación mínima establecida.
Consumo de tabaco y similares
- Prohibido en la vía pública si no se garantiza distancia de 2 metros entre personas.
- Tampoco se puede fumar en acontecimientos multitudinarios al aire libre.
Asambleas de entidades
- Permitidas con 70% del aforo.
- De 1.000 a 3.000 personas según condiciones de ventilación del espacio.
Trabajo
Se recomienda a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados, que adopten medidas para la reincorporación progresiva de la presencialidad de los puestos de trabajo y que fomenten el uso del teletrabajo cuando por|para la naturaleza de la actividad laboral sea posible.