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Covid 19: ¿qué se puede hacer y que no a partir de hoy en Cataluña?

Asistentes al festival Vida de Vilanova i la Geltrú el jueves, al que entraron tras un test negativo.

Asistentes al festival Vida de Vilanova i la Geltrú el jueves, al que entraron tras un test negativo.ACN

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A falta que el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) se pronuncie sobre la entrada en vigor del toque de queda, que afectaría a 158 poblaciones catalanas, este jueves se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) la resolución del Departament de Salut con las nuevas medidas para combatir la pandemia.

La resolución tiene una vigencia de una semana, hasta la medianoche del viernes 23 de julio y afecta los siguientes puntos:

Cierre a las 00:30h

Las actividades comerciales, culturales o de ocio, se tendrán que acabar, como muy tarde, a las doce y media de la madrugada. Tiendas de conveniencia; bares y restaurantes; teatros, cines y auditorios; salas de juegos y casinos, y también locales nocturnos, que desde el viernes pasado sólo pueden abrir los espacios al aire libre, tendrán que cerrar a las 00:30h

Además, "en ningún caso se permite la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales entre las 22.00 y las 6.00 horas".

Encuentros sociales de 10 personas como máximo

Desde este jueves, el límite vuelve a ser de 10 personas no convivientes, tanto en espacios públicos como privados. El TSJC ha dado apoyo al considerarla una medida "imprescindible, adecuada y proporcionada" para intentar frenar la propagación del coronavirus.

En la resolución, además, "se recomienda que se restrinjan tanto como sea posible" los encuentros sociales y familiares en espacios cerrados.

Mesas de 6 y 10 personas

En los bares y restaurantes se puede atender a los clientes en la barra, respetando la distancia de seguridad de 1,5 metros. En el interior el aforo máximo es del 50%, y las mesas|tablas, separadas 2 metros, pueden ser de máximo 6 personas. Además, se tiene que garantizar que haya ventilación.

En el exterior no se limita el aforo, pero también hace falta una separación de 2 metros entre mesas, que pueden ser de 10 personas máximo, excepto si son convivientes.

Prohibido comer y beber en la calle

Para impedir que se hagan botellones y encuentros de grupos en la calle o en lugares como plazas, parques y playas, también queda prohibida comer y beber en la vía pública. Una prohibición de la cual quedan excluidas "las personas que estén desarrollando una actividad laboral" y las comidas de actividades como salidas escolares y de ocio educativo.

Conciertos: todo el mundo sentado

Con respecto a los conciertos, festivales y actividades de cultura popular y tradicional, todo el mundo tendrá que estar sentado manteniendo distancias. Además, el aforo máximo tiene que ser del 70%, con un número máximo de 1.000 personas por sala y sesión.

El ocio nocturno, al aire libre

Se mantiene la prohibición de apertura de espacios interiores. Sólo pueden abrir al público "locales y establecimientos que disponen de terrazas o espacios al aire libre". Además, tienen que establecer un registro de clientes, que tendrán que guardar durante un mes.

La resolución también establece la obligatoriedad de que los grupos sean de máximo 10 personas, a no ser que sean convivientes, y que entre los grupos haya una distancia de seguridad de 1,5 metros.

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