Consulta si tu vehículo tiene que pagar el impuesto de emisiones de CO2
Se aplica a turismos, furgonetas y motocicletas sobre la base de las emisiones del 2020
La Generalitat ha publicado este miércoles el listado de vehículos que tendrán que pagar el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono (CO2), que se podrá efectuar a través de la sede electrónica de la Agència Tributària de Catalunya (ATC) a partir del 15 de septiembre. Aquellos que no abonen el impuesto vía web, recibirán a partir de octubre una notificación con el importe y los plazos de ingreso.
La tasa se aplica a turismos, furgonetas y motocicletas sobre la base de las emisiones de CO2 del 2020 y la recaudación se destinará a mejorar el entorno y el transporte público, fomentar las energías renovables y los vehículos limpios, e impulsar la movilidad sostenible, la gestión de los parques naturales y la investigación.
El impuesto lo tienen que pagar las personas (físicas y jurídicas) que sean titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta) con domicilio fiscal en Cataluña en el 2020. También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña, pero que tengan un establecimiento, sucursal u oficina y vehículos registrados en Cataluña durante el 2020.
Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), de un censo aproximado de 4,85 millones de vehículos, el impuesto afectará este año a 2,31 millones. Se prevé una recaudación potencial estimada de 67,4 millones de euros. El primer año de aplicación del impuesto, que corresponde al ejercicio 2020, estarán exentos de pagarlo todos los turismos y motocicletas que emitan menos de 120 g de CO2/km y las furgonetas que emitan menos de 160 g/km, de acuerdo con las emisiones oficiales de cada modelo.
A partir de estos niveles de emisiones, se tendrá que pagar una cuota que se incrementa por tramos, que se pueden calcular a la página web del ACT. Van de los 0,55 a los 276 euros para turismos y motos, y de los 0,3 a los 87 euros para furgonetas. El ACT también ofrece un simulador de emisiones.
Están exentos de tributar los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas incluyendo el conductor. También lo están los que llevan matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos. Las consultas se pueden hacer en la sede electrónica del ATC o al teléfono 93 551 51 51, donde|dónde también se puede pedir cita previa a las oficinas del ATC.