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LEGISLACIÓN DISCAPACIDAD

Fin a la incapacitación jurídica

Entra en vigor la norma que introduce un sistema de apoyos para que las personas con discapacidad tomen sus decisiones de forma autónoma || Beneficiará a más de 33.200 personas en Lleida

Imagen de archivo de un protesta de entidades de personas con discapacidad en Lleida.

Imagen de archivo de un protesta de entidades de personas con discapacidad en Lleida.SEGRE

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Ayer entró en vigor una ley histórica para las personas con discapacidad, ya que se pone fin a la incapacitación jurídica en España y vela por la igualdad de derechos. La reforma de la legislación civil y procesal modifica ocho leyes estatales y beneficiará a más de 33.200 leridanos que tienen reconocida alguna discapacidad (4,5 millones en todo el Estado), pero también se aplicará en casos de discapacidad sobrevenida, por lo que puede beneficiarse toda la población en general.

Tras una espera de tres meses desde que la publicación en el BOE, ayer entró en vigor la ley de discapacidad 8/2021 que sustituye la incapacidad jurídica de las personas con discapacidad por una “ayuda técnica” en materia de “comunicación” para adaptar la declaración de voluntad de estas personas a su situación y características individuales por lo que la representación o sustitución en la toma de decisiones de una persona con discapacidad, que se mantiene “únicamente cuando el apoyo no pueda darse de otro modo”. 

A partir de ahora, se podrá pedir la revisión de la incapacitación y se deberán hacer todas en 3 años

La norma obligará a la revisión de miles de sentencias de incapacitación, en un plazo máximo de tres años. Esta evita que todas las personas con discapacidad deban pasar por un juez cada vez que desean, por ejemplo, ir al banco, comprar una vivienda o hacer testamento.

Ahora, deberán acudir al notario donde, con la ayuda de apoyo voluntario (como un familiar) recibirán la información necesaria para tomar sus propias decisiones.

Solo se acudirá a la justicia en casos en los que sea imposible conocer la voluntad de las personas.

En Catalunya, también entró en vigor el decreto Ley 19/2021 que incorpora la opción de recurrir a la vía notarial para la designación de la nueva figura del asistente, y no la del tutor, para que les ayude a llevar a cabo actos con relevancia económica o personal.

“Estamos contentos, pero tenemos dudas en cuanto a su aplicación”

Las asociaciones de Lleida vinculadas al trabajo con personas discapacitadas recibieron ayer de forma positiva la entrada en vigor del fin de la incapacitación jurídica. Aun así, algunas manifestaron sus dudas sobre si su aplicación será inmediata o si, por lo contrario, llevará tiempo ponerla en práctica.

“Estamos muy contentos con la nueva reforma, creemos que se ha conseguido que el derecho sea más humano. Es muy importante que las personas con discapacidad puedan tomar sus propias decisiones, con todos los apoyos necesarios y se respeten sus preferencias”, explicó a SEGRE Carme Perpinyà, coordinadora técnica de Down Lleida.

“Aun así vemos alguna dificultad en su aplicación a la práctica. No conocemos ni presupuestos ni los recursos disponibles para ello y eso dificulta que podamos imaginar como será el funcionamiento. Es importante que los cambios sean reales y no queden solo en palabras”, añade.

Por su parte Ester Vila, responsable de la Fundació Tutelar Alosa, explicó que “a efectos prácticos, la aplicación de esta ley afectará menos a las asociaciones catalanas que en el resto del Estado. Aquí teníamos la figura del asistente jurídico que acompañaba a las personas con discapacidad y eso no existía en otros territorios”.

Desde ambas fundaciones señalan que “una cosa es que salga la ley, y otra que se aplique con normalidad”, y ven difícil que todas las asociaciones “caminen en la misma dirección en la apuesta por el derecho a decidir y abandonar la sobreprotección”. “Hará falta formación, tanto para los trabajadores de asociaciones y federaciones como para notarios y órganos judiciales”, explica Vila. “La sociedad en general debe dar un paso hacia adelante para integrar a las personas con discapacidad para que se cumpla la ley”, añade.

Las claves

Prohibición de la tutela. Con la reforma desaparecen la incapacitación judicial (sentencia que niega la capacidad de una persona por decidir por sí misma), la tutela (figura por la que una persona toma decisiones en nombre de otra en todos los ámbitos) y la patria potestad prorrogada (tutela de los padres sobre los hijos más allá de la mayoría de edad). Aboga por la curatela para designar apoyos para que las personas con discapacidad puedan tomar sus propias decisiones.

Reforma en Catalunya. Las personas con discapacidad podrán solicitar a un notario o a un juez el nombramiento de un asistente para que se ocupe de ayudarles a llevar a cabo actos con relevancia económica o personales que deseen realizar, entre ellos, firmar o comprar o vender una propiedad. José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Catalunya, afirma que “la adaptación de la legislación catalana y de la estatal a la Convención de Nueva York supone el punto de partida de una nueva era para las personas con discapacidad”.

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