La Justicia tumba una polémica sanción de la DGT a aquellos que tengan el coche aparcado
Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid ha tumbadou na de las nuevas sanciones que incluía la normativa impulsada por el organismo liderado por Pere Navarro: sanciones a los coches que estén aparcados con la ITV caducada, una sanción cuyo importe podía aumentar notablemente si el vehículo estaba en circulación.
Ahora la sala judicial ha fallado en favor de un usuario que recurrió la sanción recibida por tener el coche aparcado. “El ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el no cumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica”.
Tal y como se recoge en el artículo 10 del Reglamento General de Vehículos, se subraya la obligatoriedad de pasar la ITV cuando “los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica”.
Hay dos aspectos a destacar. El primero es que en realidad la multa puede ascender hasta los 800 euros, según el reglamento. El segundo es que no cabe recurso contra esta sentencia, por lo que genera un precedente jurídico.