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Estas son enfermedades por las que se puede obtener una pensión de incapacidad permanente este 2022

Una lesión medular da derecho, en principio, a una pensión de incapacidad.

Estas son enfermedades por las que se puede obtener una pensión de incapacidad permanente este 2022

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En el Estado español no existe una lista oficial de enfermedades con las que se concede la incapacidad laboral permanente, pero hay algunas que, dependiendo del caso, pueden suponer su concesión. Y es que la incapacidad permanente dependerá del grado de invalidez que la enfermedad en cuestión genere al trabajador: la incapacidad no se reconoce por la enfermedad en sí misma, sino por cómo esa patología o lesión limita a un trabajador.

De acuerdo con el bufete especializado Campmany Abogados, existen una serie de enfermedades que suelen recoger los mayores datos de pensiones. Eso sí, partiendo de la base de que "una misma enfermedad puede ser incapacitante en un paciente y en otro no" y de que, al final, el estudio invididual de cada paciente será lo que defina la prestación. El resumen del bufete es que, "siempre hay que tener en cuenta si han provocado o no limitaciones funcionales".

El trabajador que opte a la invalidez debe cumplir requisitos, como haber cotizado un número de años determinado, aunque este supuesto depende de si se trata de una enfermedad común. En el caso de enfermedad profesional, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no solicitará al trabajador ninguna cantidad de años cotizados para que este pueda recibir esta modalidad contributiva de la pensión.

Es imprescindible no tener derecho (ni la edad) a una pensión contributiva de jubilación, estar afiliado y dado de alta (o situación asimilada) en la Seguridad Social, así como tener diferentes periodos previos de cotización en función de la edad (más o menos de 31 años) que aparecen regulados en la página web del Instituto Nacional de la Seguridad Social. 

Con carácter general, la cuantía de la pensión por incapacidad permanente total es del 55% de la base reguladora, aunque sube al 75% para los casos de mayores de 55 años a los que se les presuma dificultades para volver al mercado laboral. Para los trabajadores que alcanzada la edad de jubilación, no tengan derecho a la pensión ordinaria si tienen acceso a la pensión derivada de contingencias comunes, será de un 50% de la base reguladora.

Además, en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, podrá aumentar entre un 30 y un 50% si no hay dispositivos de precaución o estén inutilizados o en malas condiciones, así cuando "no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo".

Esta es la lista de enfermedades que en la actualidad pueden llegar a crear el derecho a una pensión por incapacidad permanente, una decisión cuya última palabra quedará en manos del Tribunal Médico de la Seguridad Social tras un examen sanitario que determine si hay invalidez y en qué grado (y su correspondiente indemnización):

  • Alzheimer
  • Aniridia
  • Artritis Reumatoide
  • Artrosis cervical
  • Ataxia
  • Cáncer
  • Cardiopatía Isquémica
  • Condromalacia Rotuliana
  • Distrofia de conos y bastones
  • Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa
  • Enfermedades hepáticas
  • EPOC
  • Esclerosis Múltiple
  • Escoliosis
  • Espondilitis anquilosante
  • Espondilosis degenerativa
  • Esquizofrenia
  • Estenosis foraminal
  • Fibromialgia
  • Fibrosis quística
  • Hernia discal
  • Ictus
  • Lesión medular
  • Maculopatía
  • Miopía Magna
  • Neuropatía cubital
  • Parkinson
  • Postpolio
  • Radiculopatía Lumbar
  • Retinopatía diabética
  • Retinosis pigmentaria
  • Rizartrosis
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Raynaud
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
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