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¿Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Renta?

Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia Tributaria.

Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia Tributaria.EUROPA PRESS

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Desde el pasado 6 de abril ya se puede solicitar el borrador de la declaración de la Renta para validarlo. Los contribuyentes más previsores que ya han entregado su declaración están esperando a que la Agencia Tributaria les ingrese el dinero correspondiente en todos aquellos casos en los que la declaración les haya salido 'a devolver'.

El artículo 103 de la Ley del IRPF deja claro que cuando la declaración del contribuyente sale a devolver la Administración tributaria tendrá que practicar la liquidación del impuesto "dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración". En el caso de que la presentación se haga fuera de plazo, esos seis meses empiezan a contar desde el día de la presentación.

En 2022 este plazo termina el jueves 30 de junio, por lo que en la práctica Hacienda tiene todo el año para abonar esas devoluciones a los contribuyentes. Lo cierto es que el organismo suele hacer esos pagos bastante tiempo antes y, de hecho, los contribuyentes que se hayan dado más prisa en presentar las declaraciones no tardarán en tener el dinero en sus cuentas. En el total de la demarcación de Lleida, la Agencia Tributaria ya había devuelto un total de 354.000 euros el pasado 8 de abril, el primer día en el que se iniciaban las devoluciones. En esa misma fecha, ya se habían presentado 10.868 declaraciones, un 7,66 por ciento más que el el año anterior. En el conjunto del estado, Hacienda había devuelto ese mismo día 72,6 millones de euros, un 6,5% más que el año anterior; mientras que los contribuyentes ya habían presentado 1.701.000 declaraciones, casi la misma cifra que el año anterior con un ligero descenso del 0,5%. 

Si Hacienda no cumple con el plazo de devolución, la Ley del IRPF establece que, en el caso de que la causa del retraso no sea imputable al contribuyente, se le tendrá que abonar la devolución más el interés de demora, que en 2022 es de un 3,75%, añadido al importe de la devolución. Este interés de demora se añadirá sin que el contribuyente tenga que pedirlo y se devengará desde el final del plazo hasta la fecha de pago por parte de la Administración, tal y como informa el artículo 31 de la Ley General Tributaria.

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