SEGRE

El impuesto a las emisiones de CO2 de los vehículos: un compromiso conjunto para luchar contra el cambio climático

A partir del 1 de mayo de 2022, se podrá consultar el padrón provisional de vehículos y la cuota a pagar en la web de la Agencia Tributaria de Cataluña || Se congelan las tarifas del impuesto y no se aplica, por tanto, el incremento que estaba previsto, por ley, este ejercicio

Imagen de un atasco a la entrada de una gran ciudad.

Imagen de un atasco a la entrada de una gran ciudad.

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) publicará el padrón provisional de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2, que el Gobierno catalán implantó el año pasado, a partir del día 1 de mayo de 2022.

Como medida de apoyo a la ciudadanía, y ante la actual coyuntura, la Generalitat de Catalunya ha congelado las tarifas del impuesto y no las incrementará tal como estaba previsto por ley en este ejercicio.

Los contribuyentes podrán consultar los datos del padrón provisional y la cuota que deberán pagar en la sede electrónica de la ATC, accediendo con NIF i matrícula (para un vehículo concreto) o con identificación digital, utilizando idCAT Mòbil u otro certificado digital, que permite visualizar todos los vehículos de los cuales se es titular. Si es necesario realizar alguna modificación, se podrán presentar alegaciones hasta el 3 de junio.

Este impuesto verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático, grava las emisiones de CO2 de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global, y, por lo tanto, por las consecuencias que puede tener en la salud de la ciudadanía.

Todo lo que se recauda con el impuesto se destina íntegramente al Fondo climático y al Fondo del patrimonio natural, y retorna a las personas a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente, fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, prevenir incendios forestales y adaptar los bosques a la emergencia climática, conservar los parques naturales e impulsar la investigación e innovación para mitigar el cambio climático.

Quién debe pagarlo, quien está exento y bonificaciones

Deben pagar el impuesto las personas (físicas y jurídicas) que durante el año 2021 han tenido domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que, durante el año 2021, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina en Cataluña y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.

Están exentos de pago los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares, los vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluyendo el conductor) y los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos disfrutan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan. Asimismo, no tienen que pagar el impuesto los titulares de vehículos que, conjuntamente, no superen los 6 euros de cuota a ingresar.

Hay que destacar que, si se domicilia el pago del impuesto antes del 15 de julio de 2022, se obtiene una bonificación del 2%.

Fechas, canales de pago y de atención

El 1 de septiembre de 2022 se publicará el padrón definitivo de vehículos que tributan por el impuesto. Las fechas de pago son las siguientes:

– Vehículos con pago domiciliado: cargo en cuenta a partir del 7.11.2022.

– Vehículos con pago no domiciliado: si ya tributaron el año anterior, del 1 al 20.11.2022. Los vehículos de nueva tributación deberán pagar según la fecha que se indique en la notificación que recibirán.

Si no se ha domiciliado el pago, se puede pagar en la sede electrónica de la ATC, a través del teléfono 012, en el teléfono de L’ATC us truca (93 551 51 51), en entidades financieras colaboradoras, en las oficinas de Correos, y en todas las oficinas y delegaciones de la ATC, con cita previa.

La Agencia Tributaria de Cataluña pone a disposición de la ciudadanía y los contribuyentes los siguientes canales de atención:

  • Sede electrónica de la ATC: toda la información sobre el impuesto, asistente virtual, consulta del padrón, pago, domiciliación y otros trámites relacionados atc.gencat.cat/impostco2.
  • Teléfono 012. Consultas de carácter general y pago automatizado.
  • L’ATC us truca (93 551 51 51). Teléfono de asistencia en la tramitación.
  • Oficinas de la ATC. Únicamente con cita previa: atc.gencat.cat/citaprevia.

Para saber más, se puede visitar la web impostco2.gencat.cat.

tracking