TRIBUNALS
Condenado a 11 años de prisión por secuestrar y violar a su expareja en Mollet (Barcelona)
La Sección 4 de la Audiencia de Girona ha condenado a 11 años de prisión a un hombre acusado de secuestrar a su expareja en Salt (Girona), llevarla en coche hasta un descampado de Mollet del Vallès (Barcelona) y violarla el 23 de enero de 2020. En la sentencia, recogida este viernes por Europa Press, el tribunal también le impone una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante 12 años, cinco años de libertad vigilada y una indemnización de 6.490 euros.
Los magistrados consideran probado que el hombre convivió con su expareja durante 6 meses en Terrassa (Barcelona), hasta que la mujer terminó la relación "de forma amistosa" y se fue a vivir a Salt El acusado, después de haber concertado una cita con su expareja para devolverle algunas pertenencias, la recogió en su coche junto a una amiga y, tras dejar a la amiga en su trabajo, continuaron el trayecto los dos solos.
La mujer, al percatarse que el acusado se dirigía hacia la autopista y abandonaba la localidad, le dijo que diera la vuelta, pero el hombre hizo caso omiso "con la intención de retenerla en contra de su voluntad" y siguió la marcha hasta un aparcamiento al aire libre de Mollet de Vallès.
Amenazas
El acusado propuso a la mujer mantener relaciones sexuales y, tras su negativa, "con intención de causar temor y doblegar su voluntad, le dijo que si no mantenían relaciones sexuales la mataría". La mujer consiguió huir del vehículo, pero el hombre "la agarró por detrás tirándola al suelo, le golpeó en la cara y la cogió fuertemente del cuello para que no gritara diciéndole 'haré lo que quiera contigo, y luego te dejaré aquí abandonada y me iré", y la violó en el interior del vehículo.
A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió múltiples lesiones, que el tribunal concluye que "refuerzan la realidad del relato de la joven", que también corroboran los testigos y los partes médicos. Sin embargo, el tribunal no otorga credibilidad a la declaración del acusado, quien dijo que las relaciones fueron consentidas.
Así pues, los magistrados lo consideran autor de un delito de agresión sexual con penetración, en concurso medial con un delito de detención ilegal y de maltrato en el ámbito de la violencia de género, con la concurrencia en los dos primeros delitos del agravante de parentesco, por lo que le condena a 11 años.