NORMATIVA ALIMENTACIÓN
Multas de hasta 500.000€ por desperdiciar alimentos
Una ley obligará a los restauradores a ofrecer al cliente las sobras de su comida
El Consejo de Ministros aprobó ayer un proyecto de ley contra el desperdicio alimentario con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir en toda la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el hogar, y que contempla multas de hasta 500.000 euros. La iniciativa, que comenzará ahora su trámite parlamentario y el ministro espera que entre en vigor el 1 de enero de 2023, estipula que las empresas de la cadena deberán contar con un plan de prevención para minimizar las pérdidas y destinar los alimentos a otros usos, con prioridad para el consumo humano a través de la donación o redistribución de alimentos. Solo los comercios con menos de 1.300 metros cuadrados estarán excluidos de la necesidad de disponer de ese plan.
Las entidades de iniciativa social que sean receptoras de donaciones deberán garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los alimentos recibidos y entregados. Solo podrán destinar estos productos a la donación, sin que en ningún caso puedan comercializarlos, y deberán realizarla sin ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios. Las medidas incluyen la obligación de la hostelería de ofrecer a sus clientes las sobras de la comida sin coste adicional y en envases reciclables, con sanción de 2.000€.
Por otro lado, el proyecto de ley contempla la transformación de alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas en otros como zumos o mermeladas y los que ya no sean aptos para consumo humano. El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, asegura que los consumidores tendrán “derecho” a disponer de forma gratuita en las empresas hosteleras y de restauración a trasladar a su domicilio las sobras que no hayan comido, sin coste adicional alguno, excepto en los establecimientos de bufé libre, y para ello, estos deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, reutilizables o fácilmente reciclables. Otra de las medidas pasa por que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta productos feos o imperfectos; promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos.
En cuanto al régimen sancionador, se considerará falta grave no contar con un plan de prevención que estará sancionado con entre 2.001 y 60.000€. Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con entre 60.001 y 500.000 euros de multa.