Condenado a 10 años y medio de prisión el acusado de violar, secuestrar e intentar matar a la expareja en las Gavarres
La Audiencia inhabilita al procesado para ejercer la patria potestad de la hija menor de edad que tiene con la víctima
La Audiencia de Girona ha condenado a 10 años y medio de prisión al acusado de violar, secuestrar e intentar matar a su expareja a navajazos en las Gavarres en julio del 2019. El procesado, vecino de Girona, se enfrentaba a 49 años de prisión. La sentencia recopilación que, al juicio, a la víctima lo exculpó parcialmente y que consta a la causa que había denunciado presiones por parte de la familia del acusado para que se retractara y negara las dos agresiones sexuales. El tribunal argumenta que hay pruebas suficientes para condenarlo por detención ilegal e intento de homicidio pero no por|para las violaciones. La Audiencia también inhabilita al procesado para ejercer la patria potestad de la hija menor de edad que tiene con la víctima.
La sentencia de la sección cuarta de la Audiència de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Mercedes Alcázar, recoge que el acusado, Bismark Antonio Gou, y la víctima fueron pareja durante doce años y tuvieron una hija en común. La relación, sin embargo, se acabó en julio del 2019. En un primer momento, apunta el tribunal, los dos mantuvieron buena relación, llegando a hacer salidas familiares. Todo cambió la noche del 28 de julio, cuando la víctima fue a casa del acusado a recoger las llaves de un coche que compartían. Una vez en el domicilio, el procesado le dijo que quería reanudar la relación y eso provocó una discusión entre los dos. Durante la disputa, el acusado le roció los ojos con un espray irritante y la sujetó con fuerza por los brazos. Después de discutir, durmieron hasta las dos y media de la madrugada.
En aquel momento, el procesado le dijo insistentemente a la mujer que fueran juntos hasta el santuario dels Àngels porque le quería prometer allí que dejaría de beber para poder recuperar la relación. La víctima accedió pero le dijo que, antes, quería pasar por casa para asegurar que sus hijas (la que tiene en común con el procesado y otra de mayor) estaban bien. Cuando estaban en el coche, la mujer se dio cuenta de que el acusado cogía una ruta diferente y no iban en dirección a casa de ella. Fue entonces cuando la víctima intentó saltar del coche con marcha pero no lo pudo hacer porque el hombre la volvió a rociar con el espray irritante. La mujer recuperó la visión cuando ya estaban en los Àngels.
Según la sentencia, estuvieron allí hasta las once de la mañana y, dentro del vehículo, el acusado se durmió apoyado encima de las piernas de la víctima. Después, volvió a conducir para ir hasta Monells a comprar agua y zumos y, de allí, fueron hasta un camino apartado a la zona del Montnegre, en el término municipal de Quart: "Durante todo el trayecto el acusado insistió diciendo que cambiaría y la víctima le decía que lo dejaran así, que ya verían con el tiempo".
Ya en Quart, volvieron a discutir "por la adicción en la bebida del acusado": "En un momento determinado, el acusado, decidido a acabar con la vida de la víctima y armado con un cuchillo de uso doméstico, le asestó un fuerte navajazo bajo el pecho izquierdo". El hombre intentó apuñalarla una segunda vez pero la mujer pudo coger la hoja del cuchillo con la mano para impedirlo. Cuando vio a la mujer ensangrentada, le limpió la cara y las manos y se dirigió hacia el coche. La víctima aprovechó este momento para huir bosque a través, hasta que llegó a una masía donde pudo pedir ayuda.
Cambia la versión
La sentencia de la sección cuarta recoge que en el juicio, que se hizo en junio, la víctima cambió la versión que había mantenido ante la policía y en el juzgado de instrucción. En la sala de vistas, negó las dos violaciones que había denunciado inicialmente y también atribuyó las lesiones con el cuchillo a una especie de accidente fortuito durante un forcejeo. El tribunal lamenta, sin embargo, que las acusaciones no profundizaran en las contracciones: "El episodio del apuñalamiento es explicado confundidamente por la víctima en la vista oral pero no la interrogaron sobre el por qué de la diferencia tan radical de sus declaraciones".
La Audiencia argumenta que este déficit impide que la sala pueda tener en cuenta las declaraciones a instrucción y tenga que valorar exclusivamente el relato de la víctima al juicio. Por eso, la sentencia concluye que hay otras pruebas que permiten condenarlo por detención ilegal y homicidio en grado de tentativa pero no por|para las dos violaciones, que no cuentan con ninguna carga más probatoria si no hay la testifical de la mujer.
El tribunal argumenta que consta en la causa que la víctima comunicó a los Mossos d'Esquadra que estaba recibiendo presiones de la familia del acusado para que se retractara en el juicio y negara parcialmente los hechos y que también hay una carta que la mujer envió al procesado en diciembre del 2019 disculpándose por haber declarado "cosas que no pasaron en la realidad". Eso podría llevar a pensar que cambió la versión por miedo o presiones pero la sala lamenta que no se le preguntara al juicio sobre esta posibilidad.
La sección cuarta le impone una pena de 3 años de prisión por detención ilegal y 7 años y medio de prisión por intento de homicidio, los dos delitos con el agravante de parentesco. También le prohíbe acercarse a menos de 300 metros o comunicarse con la víctima y sus hijas durante 4 años y lo inhabilita para el ejercicio de la patria potestad de la hija en común hasta que sea mayor de edad. El procesado no tendrá que indemnizar a la víctima porque ha renunciado. Sí que tendrá que pagar al Institut Català de la Salut (ICS) 19.156,50 euros en concepto de gasto médico por el tratamiento de la víctima. La sentencia expone que, a raíz de las heridas, tuvieron que operar a la víctima de urgencia. Estuvo ocho días ingresada en el hospital y tardó 197 en curarse. Además, le han quedado secuelas. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el TSJC.