Multa de 150 € por un aparato de aire acondicionado
n La Paeria ha impuesto a un vecino una sancion de 150 euros por haber instalado un aparato de aire acondicionado sobresaliendo del plano de la fachada. A raíz de una queja, agentes de la Guardia Urbana se desplazaron a la calle Mossèn Salvador número 13 y comprobaron que en la ventana de la planta baja hay un aparato de climatización que sobresalía de la fachada.
La ordenanza de paisaje indica que los sistemas de calefacción y climatización y los acumuladores de agua caliente sanitaria se han de ubicar de manera que no sobresalgan del plano de la fachada y determina que esta infracción tiene una consideración de falta leve. Señala que si no constituye una infracción urbanística con carácter general, será sancionada con multas de hasta 750 euros y añade que se tendrán en consideración el grado de cupabilidad o intencionalidad, la persistencia de la conducta infractora y la reincidencia. En este caso, se considera que la intencionalidad es manifiesta pero la naturaleza del daño se ha reparado, y que no existe reincidencia. Por ello, se fija una sanción de 150 euros, con reducción del 20% si reconoce la responsabilidad y de otro 20% si paga voluntariamente, de modo que quedaría en 90.