Los artistas cobrarán un paro que requiere la mitad de días cotizados
El Gobierno dio luz verde ayer al Estatuto del Artista
El sector cultural vio cumplida ayer una de sus reclamaciones históricas: contar con una prestación especial por desempleo para sus trabajadores, así como poder hacer compatible al 100% la pensión de jubilación con la actividad artística. “Hoy es un día muy especial, hay muy pocos países que cuenten con esta protección y España da un paso adelante, hasta el último día de la legislatura vamos a conquistar derechos, somos el gobierno de los trabajadores y trabajadoras de la cultura”.
Con estas palabras, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, anunció la aprobación en el Consejo de Ministros de estas medidas incluidas en el Estatuto del Artista y que reforman un Real Decreto de 1985. Los beneficiarios podrán acceder a esta prestación especial acreditando 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. También podrán solicitarla los que acrediten 180 días de alta en la Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.
Las personas trabajadoras, además, no deberán tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una ayuda previa, pendiente de reanudar, sí podrán optar por recibir la nueva prestación especial. Respecto a su duración, ésta es de cuatro meses y está dotada con una cuantía de hasta el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. Por debajo, corresponderá al 80% del IPREM.