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El Ministerio de Consumo investiga a 7 aerolíneas por el cobro del equipaje de mano

Las compañías aéreas podrían enfrentarse a multas de entre 10.000 y 100.000 euros

Imagen de una maleta en la cinta transportadora de un aeropuerto.

El Ministerio de Consumo investiga a 7 aerolíneas por el cobro del equipaje de manoUnsplash

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La Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador del Ministerio de Consumo está investigando a siete aerolíneas por cobrar a los usuarios por llevar equipaje de mano, prácticas denunciadas por FACUA-Consumidores en Acción ante el departamento que dirige Alberto Garzón en 2021.

Consumo también investiga otras irregularidades, como la imposición del pago de una tarifa a los pasajeros por elegir asiento para poder viajar juntos. FACUA interpuso la primera denuncia ante el ministerio por el cobro del equipaje de mano en octubre de 2021, concretamente contra Vueling. Anteriormente, en 2018, ya había denunciado a Ryanair y Wizzair ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por este motivo, sin que ninguno de los dos organismos le comunicara ningún tipo de actuación al respecto. 

En sus denuncias ante el ministerio y las autoridades autonómicas de consumo, FACUA viene argumentando que el cobro por el equipaje de mano vulnera tanto la legislación del sector aéreo como la de defensa de los consumidores. Así, la asociación advierte de que incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo". Sólo contempla como excepciones "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave".

De igual forma, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que sea aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como cláusulas abusivas todas aquellas "estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjucio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato", así como aquellas que "limiten los derechos del consumidor y usuario", "determinen la falta de reciprocidad en el contrato" y "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", entre otras.

Según ha informado el Ministerio de Consumo en un comunicado, las compañías aéreas podrían enfrentarse a multas de entre 10.000 y 100.000 euros -pudiendo las cantidades sobrepasar estas cifras hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido o el 4% de su facturación anual-, ya que supondrían una infracción grave de la normativa. Por otro lado, el ministerio también investiga si dichas aerolíneas, con prácticas como la segmentación de precios, habrían obtenido posiciones privilegiadas en los motores de búsqueda y comparadores de vuelos online con precios muy inferiores a los que realmente termina pagando el consumidor en la transacción final.

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