TRIBUNALES
Confirman 3 años de prisión a un excura por casar a una mujer con un muerto por su herencia
El Supremo ratifica íntegramente la sentencia de la Audiencia de Barcelona
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a tres años de prisión a David Vargas, el expárroco investigado por estafar a feligresas, por falsificar una boda entre dos octogenarios para lograr una herencia en Barcelona.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia que ratifica íntegramente la resolución de la Audiencia de Barcelona por un delito de falsedad documental a Vargas, que era rector de la parroquia de Sant Vicenç de Castellet (Barcelona), y a la hija de la octogenaria como cooperadora necesaria le impone un año y medio de cárcel, por firmar como testigo de la falsa boda.
Ambos deberán pagar 203.934 euros de indemnización a los familiares a quienes correspondía la herencia, cantidad que podría asumir el Obispado de Vic, al que pertenece la parroquia, como responsable civil subsidiario por no haber supervisado el expediente matrimonial ni detectado las "irregularidades" que presentaba.
La boda que falsificó el condenado era de una pareja de octogenarios que llevaban viviendo juntos varios años, hasta que en 2008 el hombre falleció, sin haber dejado testamento y sin descendientes directos, de forma que la herencia, valorada en medio millón de euros, iba a ir a parar a manos de dos sobrinos.
Meses después de su fallecimiento, la que era su pareja de hecho, ya fallecida, se "concertó" con David Vargas para fingir que habían contraído matrimonio en julio de 2008.
Para ello, el expárroco cumplimentó a mano el expediente matrimonial, en el se suplantó la identidad del fallecido, y la hija de la mujer firmó como testigo del enlace, tras lo que se encargó de tramitar su inscripción en el Registro Civil de Sant Vicenç de Castellet para que se reconocieran los "derechos sucesorios" a su madre.
La falsa esposa fue declarada heredera de los bienes del fallecido y a su vez designó a su hija como sucesora, tras lo que firmó una hipoteca inversa sobre un inmueble con la que obtuvo 78.448 euros.
Dice el Supremo que "es absolutamente anómalo que uno de los contrayentes no firmara en el expediente matrimonial, que en uno de los documentos supuestamente firmados se falsificara su firma, que no firmara tampoco uno de los testigos presenciales y que no constara la partida de bautismo".
Tampoco, añade, "que no se notificara el matrimonio al Registro Civil de inmediato y se hiciera nueves meses después de la celebración y que en documentos posteriores, como la partida de defunción o las esquelas de defunción, se hiciera constar que el estado civil del fallecido era el de soltero".
Al margen de este procedimiento, un juzgado de Barcelona investiga al exparroco en una trama de estafas a feligresas, en la que la policía llegó a encontrar una maleta con dinero y joyas de las víctimas en el registro de su domicilio, motivo por el cual intentó suicidarse arrojándose de un puente de la Ronda de Dalt de Barcelona.