SALUD NORMATIVA
¿Qué es el derecho al olvido oncológico y cómo afecta a su aprobación?
Las personas que han superado un cáncer no tendrán que declarar sus antecedentes médicos al contratar seguros o hipotecas || Cuando hayan pasado 5 años desde el fin del tratamiento
Las personas que han superado un cáncer no tendrán que declarar sus antecedentes oncológicos a la hora de contratar un seguro de vida, una hipoteca o cualquier otro servicio financiero siempre que hayan pasado cinco años desde el fin del tratamiento y no haya recaídas. Así lo estipula el decreto-ley aprobado ayer en Consejo de Ministros, que declarará nulas todas las cláusulas que excluyan o discriminen a quien haya padecido esta enfermedad. El derecho al olvido oncológico beneficiará a unos 2,2 millones de personas, según los cálculos de la Asociación Española contra el Cáncer (AEEC).
La normativa europea, que entró en vigor hace aproximadamente un año y medio, marca como límite el año 2025 para que los países incluyan este derecho en su legislación y establece un periodo de diez años tras haber finalizado el tratamiento para el olvido oncológico a la hora de contratar un seguro, un préstamo bancario o una hipoteca. Sin embargo, tal y como adelantó el ministro de Sanidad, José Miñones, en España, este derecho se establecerá a los cinco años de finalizar el tratamiento oncológico. “La regulación marca los 10 años, salvo para menores de 21 años, que son cinco años.
Nosotros para todos los tipos de cáncer lo establecemos en cinco años. Nos adelantamos al resto de países que lo regulan a partir de los 10 años”, aseguró Miñones en mayo. La nueva normativa fue recibida con gran satisfacción desde las entidades oncológicas, que desde hacía años denunciaban las trabas para acceder a estos servicios y luchaban para revertir esta injusticia.
Aun así, recordaron que el reto ahora es que se apruebe lo antes posible la ley para la mejora de la protección social y laboral de las personas diagnosticadas con una enfermedad grave o carcinoma. En esta línea se expresó Montse Duch, miembro de la junta de la AECC en Lleida y paciente, quien aseguró que “supone un avance puesto que la supervivencia del cáncer es cada vez mayor, aunque todavía hay asignaturas pendientes: las empresas no deben echarse atrás a la hora de contratar a los pacientes que están tratamiento”. En mayo también se eliminó la discriminación de tráfico a los supervivientes de cáncer, que ya no tienen que renovar el carnet cada 3 años.
Nueve días de permiso para cuidar a familiares y convivientes
El Consejo de Ministros también aprobó ayer tres permisos por cuidado de familiares e hijos que se incluían en la Ley de Familias impulsada por el ministerio de Derechos Sociales y cuya tramitación en el Congreso decayó con la convocatoria de elecciones. Uno de estos permisos consiste en cinco días al año, retribuidos, para utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica, tanto de un familiar de hasta segundo grado como de un conviviente. El segundo es un permiso “por causa de fuerza mayor”, que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta 4 días al año.
También estará retribuido y busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes. La tercera medida es un permiso parental de 8 semanas que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años.