¿Puede una empresa elegir la fecha de las vacaciones de sus empleados?
El Estatuto de los Trabajadores establezca que la elección de días de vacaciones debe ser fruto de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador, no obstante, también se especifica que esta posibilidad queda sujeta a lo detallado en el convenio colectivo de cada empresa. Es por eso que en algunas empresas los empleados tienen total libertad a la hora de elegir los días de vacaciones, mientras que en otras es la empresa quien impone total o parcialmente estos días.
A la práctica, esto significa que si en el convenio colectivo de una empresa se advierte de que la elección de los trabajadores corre a cargo de la empresa y que, por ejemplo, se establecen turnos rotativos entre sus trabajadores cada año, como sucede en diferentes almacenes de logística, el empleado no tiene libertad de elección de sus vacaciones. También se dan casos en los que la empresa, bajo convenio colectivo, señala que la mitad de los días de vacaciones son de libre elección del empleado y la otra mitad son impuestos por la empresa.
En cualquiera de los casos, según aparece detallado en el Estatuto de los Trabajadores, todos los empleados tienen derecho a disfrutar de un total de 30 días naturales de vacaciones por cada año trabajado, o 22 laborables. Los trabajadores que lleven menos de un año trabajando en una empresa, podrán calcular los días de vacaciones que les corresponden teniendo en cuenta que tienen 2,5 días por mes trabajado.
Por su parte, la empresa debe confirmar o comunicar, al menos, con dos meses de antelación, los días que concede a sus empleados de vacaciones. En el caso de no cumplir este plazo, es posible impugnar los días de vacaciones para cambiar las fechas.