El BOE publica la orden que deroga la exención para la Iglesia del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Estado y Conferencia Episcopal acordaron equiparar el régimen de este tributo con el resto de entidades sin ánimo de lucro
El Boletín Oficial de l'Estat (BOE) ha publicado este viernes la orden que deroga la exención para la Iglesia del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), del ámbito municipal. El orden, que entra en vigor el sábado, deroga otra del Ministerio de Hacienda de 2011, que contemplaba incluir este tributo municipal en el paquete de impuestos exentas para la Iglesia. El Estado y la Conferencia Episcopal acordaron en marzo equiparar el régimen de este impuesto con el resto de entidades sin ánimo de lucro. En Barcelona, la Sagrada Familia ya pagaba este impuesto porque el propietario de la construcción y titular de la licencia urbanística es la Fundación Junta Constructora Sagrada Familia.
Esta exención se aplicaba en cumplimiento del acuerdo entre el Estado y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 1979, que reconocía la exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio. Cuando se firmó este acuerdo no existía el ICIO, que fue creado en 1988. Posteriormente, en 2001 se incluyó este tributo en la lista de impuestos exentos para la Iglesia.
En el caso de la Sagrada Familia, no se rige por el acuerdo de 1979, sino por la Ley del 2002 de régimen fiscales de entidades sin ánimo de lucro.