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TRIBUNALES NORMATIVA

La ley catalana de parejas de hecho, en manos del TC

Podría declararla inconstitucional

Afectaría a personas que conviven desde hace años pero no han formalizado su relación

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Las parejas de hecho en Catalunya con dos años de convivencia o hijos en común, pero que no han formalizado su relación ante notario o en el ayuntamiento podrían perder sus derechos y quedar desprotegidas si el Tribunal Constitucional tumba parte de la norma catalana. Según La Vanguardia, un litigio que está en estos momentos en los juzgados y que afecta a una pareja que no había formalizado sus cinco años de convivencia podría desencadenar el pronunciamiento de inconstituicionalidad. Los afectados quedarían a la intemperie y dejarían de tener derecho a pensión, compensaciones o viudedad. Según los últimos datos del Idescat, en 2021 había más de 15.000 parejas de hecho en las comarcas leridanas, estén incritas o no el registro.

El caso que podría dinamitar la ley se planteó en septiembre del año pasado y corresponde a una pareja que convivió cinco años, pero que no tuvo hijos ni formalizó su relación. Uno de los miembros de la pareja falleció sin haber dejado testamento y la madre del fallecido reclamó los bienes. La pareja solicitó la nulidad y un juzgado le dio la razón, pero la madre presentó una cuestión de inconstitucionalidad. El Tribunal Costitucional ya tumbó en 2013 la ley navarra de parejas de hecho. Dicha normativa reconocía la unión estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido un periodo mínimo de un año, salvo que tuvieran descendencia.

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