DERECHOS LAICIDAD
La justicia europea avala los vetos a símbolos religiosos
Dictamina que se puede prohibir el uso del velo dentro de una restricción general
Las normas selectivas serían improcedentes
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado prohibir el uso de símbolos religiosos como el velo en las escuelas siempre que la medida se aplique “sin distinciones” entre creencias; es decir, que se impida llevar a los centros símbolos tanto musulmanes como cristianos o judíos, por ejemplo.
La sentencia del TEDH concluye que una prohibición de todos los símbolos religiosos visibles que busque proteger “los derechos y libertades de los demás y el orden público” es legítima si es “proporcionada” y no discrimina entre el creencias.La controversia sobre el uso del velo islámico llegó a Estrasburgo al denunciar tres estudiantes musulmanas de secundaria de Flandes la prohibición de utilizar “signos visibles” de las creencias personales” excepto en las clases de religión. Las chicas alegaban que la medida vulnera sus derechos a la vida privada y familiar, la libertad de pensamiento y libertad religiosa y su derecho a la educación, lo que implicaba también una discriminación por ser chicas musulmanas.Sin embargo, el TEDH ha desestimado esos argumentos, en línea con la decisión del Tribunal de Justicia de la UE, que en 2021 avaló la prohibición de símbolos religiosos en el trabajo cuando ésta se aplicara a “todas las formas”, pero no cuando afectara solo a algunos credos.