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Denuncian a tres compañías aéreas más por cobrar por el equipaje de mano

La asociación de consumidores Facua ultima una "batería de demandas" de sus socios para exigir el retorno de los importes

Pasajeros avanzando por las cintas habilitadas antes de los controles de seguridad, con una maleta en primer término.ACN

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Facua ha denunciado a tres compañías aéreas más (Wizz Air, Transavia y Eurowings) por cobrar para embarcar en el avión el equipaje de mano. Estas tres aerolíneas se suman a las cuatro que Ministerio de de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sancionó, a finales de mayo, Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea por esta práctica. El secretario general de la asociación, Rubén Sánchez, ha detallado este martes que han interpuesto denuncia a la dirección general de Consumo para que "se abra un expediente sancionador igual que se hizo con las otras cuatro". Por otra parte, Sánchez ha avisado de que la organización de consumidores prepara a una "batería de demandas" de sus socios por todo el Estado para que las empresas reembolsen los importes a los usuarios.

En este sentido, Sánchez ha puntualizado que se trata de los primeros requerimientos y espera que sea "una cifra importante", pero ha dicho que todavía se está trabajando al respecto. Al mismo tiempo, el secretario general de Facua ha precisado que "varios centenares de personas se han adherido a la plataforma" que han impulsado para asesorar a los consumidores sobre el pago del equipaje de mano.

Sánchez ha precisado que la asociación ha hecho "un seguimiento de 19 compañías que operan en España" y de estas, "casi una tercera parte aplican el recargo". Por eso, ha instado Consumo a que "verifique" las pruebas que aportan" y, si lo certifica, que "derive en la apertura de un expediente sancionador".

El secretario general ha recordado que hay jurisprudencia en este caso, concretamente de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con fecha del 18 de septiembre de 2014. Sánchez ha concretado que la resolución dice que el equipaje es un "elemento indispensable" y que su transporte "no puede ser objeto de suplemento de precio, siempre que respondan a las exigencias razonables de peso y tamaño y cumpla con las medidas de seguridad".

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