La prohibición de las llamadas ‘spam’ cumple un año sin éxito
Hace un año entró en vigor una modificación de la Ley General de Telecomunicaciones destinada específicamente a regular el “derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial”.
En este tiempo, el volumen de llamadas publicitarias no solo no ha remitido, sino que en ciertos sentidos el problema ha empeorado. En la última encuesta llevada a cabo por Facua, unos meses después de la entrada en vigor de la prohibición, el 97% de los 6.025 españoles encuestados afirmó que nada había cambiado con la nueva ley.
El 68,1% de los encuestados señala que ha recibido más de cinco llamadas comerciales en el último mes, once puntos por encima de la anterior encuesta. El 4,3% recuerda haberlas recibido en cinco ocasiones en ese periodo, el 7,5% en cuatro, el 8,9% en tres, el 6,6% en dos y el 2,9% indica que le han llamado una vez. El 0,4% dice que no recuerda el número de llamadas recibidas. Y solo el 1,3% afirma que no ha recibido ninguna.
Además, el 69,6% de los afectados que durante alguna llamada ha solicitado expresamente al teleoperador que no vuelvan a molestarle ha recibido posteriormente una nueva llamada ofreciéndole los servicios de la misma empresa. Sin embargo, el 83,9% de ellos indican que volvieron a llamarle posteriormente ofreciéndole los servicios de la misma empresa.
Los servicios objeto de mayor número de llamadas comerciales no autorizadas son los de telecomunicaciones, mencionados por el 73,5% de los consumidores que dicen haberlas recibido. En segundo lugar, los energéticos, nombrados por el 71,8% de los encuestados. A continuación, a gran distancia, seguros (25,1%). Les siguen llamadas para ofrecer alarmas (6,4%) y préstamos (5,9%).
Solo el 9,9% de los consumidores afirma saber cómo denunciar las llamadas comerciales no solicitadas. Y nada más que el 2,1% de los afectados dice haber presentado una denuncia por ello. FACUA recuerda que el organismo al que deben remitirse es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Qué dice la ley
El artículo 66.1 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones señala que los consumidores tienen derecho “a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales“. La prohibición, vigente desde el 29 de junio de 2023, también señala que no se deben “recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello“.
Así, los usuarios deberán haber autorizado expresamente y de forma previa a las empresas para que estas tengan permitido llamarles para venderles sus productos y servicios, arriesgándose a ser sancionadas de no cumplir con la prohibición.
¿Cómo denunciar?
FACUA aconseja a los usuarios que, si reciben llamadas comerciales sin que las hubieran autorizado, pueden interponer una denuncia ante la AEPD, que es el organismo encargado de vigilar el cumplimiento de esta normativa. La asociación tramitando denuncias en nombre de socios afectados por el spam telefónico. En la web FACUA.org/antispam pueden acceder a información sobre los pasos a seguir para presentar estas denuncias.