El gobierno español aprueba obligar a las empresas de más de 50 trabajadores a tener un protocolo contra el acoso LGTBI
La norma fija medidas mínimas de prevención y mecanismos de detección y actuación
El gobierno español ha aprobado este martes un real decreto que obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a tener protocolos contra el acoso de personas LGTBI en que se identifiquen prácticas preventivas y mecanismos de detección y actuación si se detectan casos. Aunque son las empresas las que tienen que diseñar las medidas a aplicar, la norma establece unos mínimos, por ejemplo cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, formación a las personas implicadas en los procesos de selección, clasificar y promocionar a los profesionales con "criterios objetivos" y promover los entornos diversos e inclusivos en la plantilla, entre otros.
Entre las medidas mínimas que tendrán que aplicar las empresas también hay atender los permisos y beneficios sociales de las personas LGTBI garantizando que no hay discriminación, con especial atención a las personas trans. En caso de que haya un régimen disciplinario, tendrá que integrar infracciones y sanciones para comportamientos que atenten contra la libertad sexual, orientación e identidad sexual y expresión de género de los trabajadores.
Con respecto al protocolo que las empresas tendrán que poner en marcha, la norma establece que tiene que incluir agilidad y diligencia en la investigación y resolución de los casos detectados, respeto y protección de la intimidad, confidencialidad y protección suficiente de la víctima, así como una audiencia imparcial y restitución.
Según apunta la norma, las empresas tendrán que constituir la comisión negociadora como máximo en los tres meses posteriores a la entrada en vigor del real decreto. El plazo para la negociación con la representación legal de los trabajadores será de seis meses en caso de no tener convenio colectivo