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Los propietarios de viviendas tienen que estar alerta sobre sus obligaciones tributarias al vender un inmueble

La Agencia Tributaria aclara los casos en que se puede quedar exento de pagar el IRPF por la venta de una vivienda

Imagen aérea de parte de la ciudad de Lleida, el municipio con más pisos públicos.

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Atención, propietarios. La Agencia Tributaria (AEAT) ha emitido un importante comunicado sobre las obligaciones fiscales al vender una vivienda. Hasta ahora, los mayores de 65 años y las personas en situación de dependencia quedaban exentos de pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pero ahora hay novedades relevantes para todo el mundo.

Según el AEAT, al finalizar el proceso de venta de un inmueble, ya sea casa o piso, los vendedores tienen que abonar 3 impuestos: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se divide proporcionalmente entre comprador y vendedor según el tiempo de propiedad; la plusvalía municipal, a pagar en 30 días hábiles después de la venta; y el IRPF, informante de posibles ganancias patrimoniales en la próxima declaración de la renta. 

Además de los mayores de 65 años y dependientes, también quedan exentos de pagar el IRPF aquellos que reinviertan el dinero de la venta en la compra de otra vivienda habitual en un plazo de 2 años antes o después de la operación, siempre que hayan residido un mínimo de 3 años en el inmueble vendido. Y si no se han obtenido ganancias patrimoniales, ni habrá que declararlo. Otras vías para evitar el IRPF son la dación en pago, mostrando insolvencia y falta de otros bienes, o la reinversión manifestando la voluntad y cumpliendo los requisitos.

Como declarar la venta de la vivienda habitual

Para facilitar los trámites, el AEAT ha aclarado a su web como funciona la reinversión en vivienda habitual: "En caso de que el importe de la reinversión sea inferior al total obtenido en la alienación, sólo se excluirá del gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad revertida". ¡Así que ojo con las cantidades!

A la hora de hacer la declaración de la renta, es crucial fijarse en las casillas correspondientes. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en el 2022 hay que incluir la referencia catastral en la casilla 1626 si hay actividades económicas vinculadas en los domicilios transmitidos.

Consejos para minimizar el impacto fiscal

Para reducir la factura fiscal al vender una vivienda, los expertos recomiendan:

  • Conservar facturas de mejoras y reformas hechas en el inmueble para compensar las ganancias.
  • Ajustar el valor de venta a precios de mercado para evitar sanciones por infravaloración.
  • Pactar con el comprador el reparto de gastos como el IBI o la plusvalía municipal.
  • Asesorarse por un gestor o profesional fiscal para optimizar la tributación.

En definitiva, vender una vivienda implica una serie de obligaciones tributarias que hace falta conocer y planificar. Estar bien informado y gestionar a tiempo puede suponer un gran ahorro. Y recordáis, ante cualquier duda, siempre es mejor consultar con la Agencia Tributaria o un experto fiscal para evitar sustos. ¡Que la fiscalidad no os amargue la nueva etapa!

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