Ya está confirmado: Se podrá cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo a partir de enero del 2025
La reforma del subsidio por desempleo, acordada por gobierno y sindicatos, ofrecerá un Complemento de Apoyo al Empleo de hasta 570€ mensuales
El Servicio Público de Empleo Estatal, en su labor por mejorar las situaciones de los trabajadores en España, aplicará nuevas medidas de cara a 2025. En concreto, se ha acordado junto con los sindicatos una nueva reforma del subsidio por desempleo con numerosas modificaciones que tienen que ver con las prestaciones ofrecidas.
Una de las novedades más destacadas es la posibilidad de compatibilizar el empleo con la percepción de una prestación, gracias a la aplicación del Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Esta medida, que entró dentro de la reforma del pasado 1 de noviembre, no será aplicable hasta la llegada de 2025.
Requisitos para optar al Complemento de Apoyo al Empleo
Los ciudadanos que podrán percibir este Complemento de Apoyo al Empleo serán aquellos a los que se les apruebe un subsidio por desempleo por agotamiento de la prestación contributiva o de cotizaciones insuficientes, cuyo hecho causante haya tenido lugar a partir del día 1 de noviembre de 2024. Además, deberán mantener uno o varios contratos a tiempo parcial, siendo la jornada total trabajada inferior a una jornada completa.
En el supuesto de que, una vez reconocido el subsidio cuyo hecho causante tenga lugar a partir del 1 de noviembre de 2024, se inicie un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial, necesariamente se compatibilizará aquél como un complemento de apoyo al empleo, sin posibilidad de suspenderlo por esta causa.
Duración y cuantías del complemento
Según se apunta desde el Ministerio de Trabajo, la duración máxima del complemento de apoyo al empleo es de 180 días, con el límite de la duración del contrato que dio origen al mismo y también el límite del número de días que resten por percibir de la duración máxima del subsidio reconocido.
Tras la reforma del subsidio por desempleo, las cuantías quedarán de la siguiente forma:
- 95% del indicador de rentas múltiples (Iprem) durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el IPREM actual)
- 90% durante los siguientes seis meses (540 euros)
- 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros)
Situaciones incompatibles con el complemento
No será posible compatibilizar el trabajo por cuenta ajena con el subsidio en los siguientes casos:
- Cuando la contratación se realice en una empresa que tenga autorizado expediente de regulación de empleo en el momento de la contratación.
- Si se ha trabajado en los últimos doce meses anteriores a la fecha del contrato en la empresa contratante.
- Si existe relación de parentesco hasta segundo grado con el empresario, quien ostente cargos de dirección o sea miembro de los órganos de administración de una sociedad.
La reforma del subsidio por desempleo introducirá importantes novedades en el sistema de prestaciones gestionadas por el SEPE a partir de 2025. La medida más destacada permitirá compatibilizar el cobro del paro con un empleo, gracias al Complemento de Apoyo al Empleo. Se busca así beneficiar a las personas más vulnerables y con menor empleabilidad.
Para poder acceder a esta ayuda, el subsidio deberá haberse concedido por un período igual o superior a 12 meses y el salario del trabajador no podrá superar los 1.350 euros al mes. La compatibilidad será automática y tendrá una duración máxima de 180 días, con cuantías variables y decrecientes en función del tiempo.