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Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada

La reducción de la jornada laboral vendrá acompañada de una mayor regulación de la desconexión digital para todos los trabajadores

Imagen de archivo de una persona utilizando su teléfono móvil.Unsplash

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Marta Planes CasesRedactora del digital

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El pasado viernes, el Ministerio de Trabajo alcanzó un acuerdo con los sindicatos UGT y CC.OO para reforzar el derecho a la desconexión digital de los trabajadores españoles. Esta medida pretende garantizar el descanso y la intimidad de más de 12 millones de empleados en España, incluyendo a aquellos que realizan teletrabajo.

Según el acuerdo, las empresas no podrán contactar con sus trabajadores por ningún medio digital fuera del horario laboral, salvo en circunstancias excepcionales debidamente justificadas. Además, se establece que el derecho a la desconexión digital será irrenunciable, es decir, los empleados no podrán renunciar a él aunque figure en sus contratos.

Protección ante represalias empresariales

El texto acordado también contempla medidas de protección para los trabajadores que ejerzan su derecho a la desconexión. Así, el rechazo o la no atención de comunicaciones o peticiones laborales fuera de la jornada no podrá generar consecuencias negativas, represalias o trato menos favorable para el empleado.

Modalidades y excepciones a definir en convenios

A través de la negociación colectiva, los convenios definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión, así como las acciones de formación y sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas. También podrán establecerse excepciones ante circunstancias excepcionales que supongan un riesgo grave para los trabajadores o un potencial perjuicio empresarial que requiera medidas urgentes.

Multas de hasta 7.500 euros por incumplimiento

Las empresas que obliguen a sus empleados a contestar fuera del horario laboral podrán enfrentarse a multas de hasta 7.500 euros. Este tiempo de respuesta se computará como horas extra, cuyo máximo anual es de 80 horas. Superar este límite o vulnerar el derecho a la desconexión se considera una infracción grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Modificación de la ley del teletrabajo

El acuerdo también modifica la Ley 10/2021 del trabajo a distancia para especificar que los teletrabajadores tienen los mismos derechos que el resto de empleados en cuanto a la desconexión digital. Las empresas deberán establecer los medios necesarios para garantizar el ejercicio efectivo de este derecho y la organización adecuada de la jornada compatible con los tiempos de descanso.

El derecho a la desconexión digital ya estaba recogido en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Protección de Datos, pero el Ministerio de Trabajo busca reforzarlo con este nuevo acuerdo. Para su entrada en vigor, el texto deberá ser aprobado en Consejo de Ministros y obtener los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados, algo que podría complicarse dada la actual composición de la cámara.

En síntesis, el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo, UGT y CC.OO supone un importante avance en la protección del derecho a la desconexión digital de los trabajadores en España. Esta medida, que será irrenunciable, busca garantizar el descanso y la intimidad de los empleados, incluyendo a los teletrabajadores. 

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