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Hasta 2.550 euros de beneficio fiscal: esta es la nueva ayuda que pueden solicitar las familias que vivan con mayores de 65 años

Familias con personas mayores de 65 o 75 años podrán beneficiarse de importantes deducciones fiscales en el IRPF, según los últimos cambios anunciados por la Agencia Tributaria 

Una pareja de jubilados.

Una pareja de jubilados.

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En una medida muy esperada por las personas mayores en España, se ha anunciado un nuevo beneficio fiscal que permitirá a las familias en las que conviven ahorrar hasta 2.550 euros en su declaración de la renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esta iniciativa se asemeja a las deducciones ya existentes para personas con discapacidad del 33% o superior.

Dos cuantías diferentes según la edad

La nueva deducción fiscal cuenta con dos tramos diferenciados:

  • 1.150 euros si la persona mayor que convive en el domicilio tiene más de 65 años.
  • 2.550 euros si la persona mayor que convive en el domicilio supera los 75 años.

Además, este criterio también es aplicable a personas con una discapacidad mínima del 33% dentro del mismo núcleo familiar, independientemente de su edad. En estos casos, la deducción puede oscilar entre los 3.000 y los 9.000 euros anuales, según el grado de discapacidad.

Requisitos para acceder al beneficio fiscal

Para poder optar a esta deducción, se deben cumplir una serie de condiciones:

1. Edad: El ascendiente debe tener más de 65 años, o más de 75 para alcanzar la deducción máxima de 2.550 euros. En caso de discapacidad, no existe límite de edad.

2. Convivencia: El ascendiente debe vivir con el contribuyente al menos la mitad del año. Si la convivencia es inferior a seis meses, no es posible repartir la deducción entre varios descendientes.

3. Límite de ingresos: Las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8.000 euros.

4. No presentar declaración de IRPF: El ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Declaración conjunta de unidades familiares

En el caso de una declaración conjunta, aunque el otro cónyuge no dé derecho a la aplicación del mínimo del contribuyente, sí resulta computable el incremento del mínimo si su edad es superior a 65 o 75 años. Además, en caso de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo se aplicará íntegramente.

Esta medida supone un importante respaldo para las familias que cuidan de personas mayores en sus hogares, reconociendo el esfuerzo y los gastos que conlleva esta situación. Se estima que alrededor de 1,5 millones de hogares en España podrían beneficiarse de estas deducciones.

Además, esta iniciativa se enmarca en un contexto de envejecimiento progresivo de la población española y de creciente necesidad de apoyo a la dependencia. Según datos del INE, en 2021 había 9,3 millones de personas mayores de 65 años en España, lo que representa el 19,6% de la población total.

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