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Bizum en el punto de mira de Hacienda: A partir de esta cantidad hay que declararlos

Hacienda establece reglas claras para los pagos recibidos por transferencias instantáneas

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En la era digital, los españoles han adoptado masivamente el uso de Bizum para realizar transacciones personales. Con más de 27 millones de usuarios en el país, según un análisis del think tank Funcas, esta plataforma de pagos instantáneos se ha convertido en una herramienta indispensable para abonar cenas, regalos, viajes e incluso la paga de los hijos. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que estos pagos no están exentos de obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria.

El umbral de los 10.000 euros anuales

La normativa establece que cualquier contribuyente que reciba más de 10.000 euros al año a través de Bizum está obligado a incluir esa cantidad en su declaración de la Renta. Además, todos los ingresos sujetos a tributación recibidos por este medio deben ser declarados, independientemente de que superen o no dicho umbral.

El incumplimiento de esta obligación puede acarrear multas que van desde los 600 euros hasta el 50% de la cantidad no declarada, según la gravedad de la infracción, tal como recoge la Ley 58/2003.

Autónomos: todos los ingresos cuentan

Para los trabajadores autónomos, la normativa es inequívoca: todos los ingresos derivados de su actividad económica deben ser declarados como rendimientos en el IRPF, sin importar el medio de pago utilizado. Esto incluye, por supuesto, los pagos recibidos a través de Bizum, según el Artículo 27 de la Ley del IRPF.

El Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) establece que los autónomos deben registrar todos sus ingresos profesionales, ya sea por transferencia bancaria, pagos en efectivo o plataformas como Bizum. Los expertos recomiendan, además, utilizar números de teléfono diferenciados para las actividades profesionales y personales, facilitando así la correcta gestión de las cuentas.

Autónomos: todos los ingresos cuentan

Los arrendadores tampoco escapan a esta obligación. El Real Decreto Legislativo 3/2004, en su regulación de los rendimientos de capital inmobiliario, establece que cualquier renta recibida como pago de un alquiler debe ser declarada en la base imponible del IRPF, incluyendo los pagos realizados a través de Bizum. La omisión de esta obligación podría ser considerada una infracción grave según la Ley General Tributaria.

Bizum bajo la lupa de Hacienda

La popularidad de Bizum ha llamado la atención de la Agencia Tributaria, que busca evitar la evasión fiscal y el blanqueo de capitales. Aunque esta plataforma facilita las transacciones cotidianas, es importante recordar que no escapa al escrutinio de Hacienda.

Los contribuyentes deben ser conscientes de sus obligaciones fiscales al utilizar Bizum, especialmente si reciben ingresos regulares o significativos a través de este medio. La colaboración entre la Agencia Tributaria y las entidades bancarias permite un mayor control sobre estos flujos de dinero.

En resumen, Bizum se ha convertido en una herramienta fundamental para las transacciones personales en España. Sin embargo, su uso no exime a los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones fiscales. Tanto particulares como autónomos y arrendadores deben declarar los ingresos recibidos a través de esta plataforma, siguiendo las normas establecidas por la Agencia Tributaria. El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones económicas significativas. Por ello, es crucial estar al tanto de la normativa y actuar con transparencia a la hora de utilizar Bizum.

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