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La Seguridad Social avisa a los que han hecho la mili en España: estas son las ventajas a la hora de la jubilación

El período de servicio militar obligatorio puede computarse para acceder a la jubilación anticipada, aunque no incrementa el porcentaje de la pensión en la jubilación ordinaria

Vista de la seu de la Seguretat Social a Lleida. - SEGRE

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La Seguridad Social ha lanzado un importante recordatorio dirigido a todos los españoles que realizaron el servicio militar obligatorio, conocido popularmente como "la mili". Este aviso resulta especialmente relevante ya que, aunque este período no cuenta como tiempo cotizado para la jubilación ordinaria, sí puede ser determinante para quienes buscan acceder a una jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria.

Según ha informado el organismo público, este tiempo de servicio militar puede utilizarse específicamente para completar los años de cotización requeridos en determinados supuestos. Concretamente, se permite sumar hasta un máximo de un año del servicio militar o de la prestación social sustitutoria para alcanzar el mínimo de cotización exigido por la normativa vigente. Esta posibilidad beneficia directamente a aquellos trabajadores que desean retirarse antes de la edad legal establecida, siempre que este período les ayude a cumplir con los requisitos establecidos en la legislación.

Para hacer efectivo este reconocimiento, la Seguridad Social destaca que es imprescindible acreditar oficialmente el tiempo de servicio militar. Los interesados deben solicitar un certificado en la Delegación correspondiente del Ministerio de Defensa y presentarlo junto con su DNI. Los expertos recomiendan gestionar este trámite con suficiente antelación para evitar posibles retrasos en la resolución de la solicitud de jubilación.

Requisitos para que la mili compute en la jubilación anticipada

Para que el período de servicio militar sea efectivamente considerado por la Seguridad Social, es necesario cumplir con una serie de condiciones específicas. En primer lugar, como se ha mencionado, este tiempo solo computa para acceder a la jubilación anticipada, no para la ordinaria, y en ningún caso incrementa el porcentaje de la pensión a percibir.

Asimismo, es importante destacar que el tiempo máximo computable es de un año, independientemente de que el servicio militar se prolongara por más tiempo. Esta limitación está claramente establecida en la normativa y no admite excepciones.

El procedimiento para solicitar este reconocimiento implica presentar la documentación acreditativa ante la Seguridad Social. El certificado debe ser expedido oficialmente por el Ministerio de Defensa y debe reflejar con exactitud las fechas de inicio y finalización del servicio militar. Sin esta documentación, no será posible computar este período para los efectos de jubilación anticipada.

La equiparación del Servicio Social Femenino

Un aspecto menos conocido pero igualmente relevante es que, desde 2021, también se contempla el cómputo del Servicio Social Femenino para estos mismos efectos. Este servicio, que era obligatorio para las mujeres durante décadas en España, se equipara ahora al servicio militar masculino en lo que respecta a su consideración para la jubilación anticipada.

Esta equiparación supone un importante avance en términos de igualdad, ya que reconoce el tiempo que muchas mujeres españolas dedicaron obligatoriamente a este servicio, permitiéndoles ahora utilizarlo para los mismos fines que los hombres pueden usar su tiempo de servicio militar.

Al igual que ocurre con el servicio militar, las mujeres que deseen computar este tiempo deben acreditarlo debidamente mediante la documentación oficial correspondiente. Este trámite puede realizarse en las oficinas de la Seguridad Social, donde los funcionarios proporcionarán información detallada sobre los pasos a seguir.

Impacto en la planificación de la jubilación

Este recordatorio de la Seguridad Social resulta especialmente relevante para aquellos trabajadores que se encuentran próximos a la edad de jubilación y están evaluando sus opciones. Para muchos españoles que realizaron el servicio militar obligatorio, este período puede marcar la diferencia entre poder acceder a una jubilación anticipada o no.

Los expertos en planificación de la jubilación recomiendan a todos los afectados revisar su vida laboral y calcular si, con la suma de este período, podrían cumplir los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. En caso afirmativo, el siguiente paso sería obtener la documentación necesaria y presentarla ante la Seguridad Social.

Es importante recordar que la jubilación anticipada conlleva una serie de penalizaciones en la cuantía de la pensión, por lo que cada caso debe evaluarse individualmente para determinar si esta opción resulta conveniente. No obstante, para quienes necesiten o deseen retirarse antes de la edad legal, aprovechar el tiempo del servicio militar puede ser una alternativa viable, siempre que cumplan con todos los requisitos establecidos.

¿Qué documentación necesito presentar?

Para acreditar el tiempo de servicio militar ante la Seguridad Social, es necesario presentar un certificado oficial expedido por el Ministerio de Defensa. Este documento debe incluir las fechas exactas de inicio y finalización del servicio, así como cualquier otra información relevante relacionada con el mismo.

Obtener este certificado puede requerir tiempo, especialmente si el servicio militar se realizó hace muchos años. Por ello, los expertos recomiendan iniciar este trámite con suficiente antelación, idealmente varios meses antes de solicitar la jubilación anticipada. De esta manera, se evitan posibles retrasos o complicaciones en el proceso.

Además del certificado del Ministerio de Defensa, será necesario presentar el DNI y cualquier otra documentación que pueda ser requerida por la Seguridad Social. En caso de dudas específicas sobre este trámite, lo más recomendable es acudir directamente a una oficina de la Seguridad Social, donde los funcionarios podrán proporcionar información detallada y personalizada.

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