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Cuánto tiempo tarda Hacienda en devolver el dinero de la declaración de la Renta 2024-2025

La Agencia Tributaria ha iniciado el proceso fiscal con un calendario escalonado y ha reforzado la digitalización para agilizar los reembolsos

Logotipo de la Agencia Tributaria. 

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El miércoles 2 de abril marcó el inicio oficial de la campaña de la declaración de la Renta 2024-2025, un evento que afecta a más de 20 millones de contribuyentes españoles. La Agencia Tributaria ha puesto en marcha todos sus mecanismos para gestionar este proceso fiscal que se extenderá hasta el próximo 30 de junio. Aunque los ciudadanos disponen de casi tres meses para cumplir con sus obligaciones tributarias, muchos prefieren adelantar trámites y presentar cuanto antes su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), especialmente si esperan recibir una devolución.

Como cada año, la modalidad online se consolida como la vía principal para la presentación, ya sea a través del portal web de la Agencia Tributaria o mediante su aplicación móvil. Este organismo dependiente del Ministerio dirigido por María Jesús Montero ha diseñado un calendario escalonado que incluye diferentes opciones: desde la presentación telemática inmediata hasta la atención telefónica o presencial, estas últimas disponibles a partir de mayo y junio, respectivamente. Para quienes resulte a devolver, una de las principales inquietudes es conocer cuánto tardará Hacienda en reintegrar el importe correspondiente.

¿Cuándo comienzan las devoluciones de la Renta 2024?

La Agencia Tributaria mantiene su compromiso de agilidad y ha anunciado que las primeras devoluciones comenzarán a efectuarse apenas 48 horas después del inicio de la campaña. Esto significa que algunos contribuyentes podrán recibir su dinero a partir del 4 de abril. Sin embargo, es fundamental aclarar que no todas las personas que presenten su declaración durante los primeros días obtendrán una devolución inmediata.

Según precisan desde el Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, el orden de las devoluciones no se establece cronológicamente según la fecha de presentación, ni tampoco depende de la cuantía a devolver. La Agencia Tributaria aplica sus propios criterios internos para procesar estos reembolsos, aunque siempre dentro del marco legal establecido.

A pesar de que la intención del organismo es realizar los pagos con la mayor celeridad posible, conviene recordar que el plazo legal para efectuar todas las devoluciones se extiende hasta seis meses después del cierre de la campaña. Esto implica que, técnicamente, Hacienda dispone hasta el 30 de diciembre para completar todos los reintegros pendientes sin incurrir en demora.

Calendario oficial de la campaña de la Renta 2024-2025

La campaña de este año presenta un calendario estructurado con fechas clave que todo contribuyente debe tener presente:

  • 2 de abril: Comienza oficialmente la campaña con la posibilidad de presentar declaraciones online.
  • 29 de abril al 27 de junio: Periodo habilitado para solicitar cita previa para la asistencia telefónica.
  • 6 de mayo: Se inicia el servicio de presentación con soporte telefónico.
  • 29 de mayo al 27 de junio: Solicitud de cita previa para atención presencial en oficinas.
  • 2 de junio: Comienza la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 25 de junio: Fecha límite para domiciliar el pago en caso de resultado positivo.
  • 30 de junio: Finalización de la campaña y último día para presentar la declaración.

Procedimiento para recibir la devolución

Cuando el resultado de la declaración es "a devolver", el contribuyente debe especificar la modalidad mediante la cual desea recibir su reembolso. La opción más habitual y recomendada es la transferencia bancaria directa a la cuenta corriente indicada en el formulario. No obstante, la normativa también contempla la posibilidad de solicitar el pago mediante cheque, aunque esta alternativa es cada vez menos utilizada.

La Ley del IRPF establece con claridad que "la Administración tributaria practicará, si procede, liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración". En términos prácticos, esto significa que Hacienda podría efectuar la devolución hasta el 1 de enero de 2026. Si superara este plazo, la ley prevé que "se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora", un mecanismo compensatorio para el contribuyente.

¿Por qué algunas devoluciones pueden retrasarse?

Aunque la Agencia Tributaria se esfuerza por agilizar las devoluciones, existen diversos factores que pueden provocar demoras en determinados casos. Entre las causas más habituales se encuentran:

  • Comprobaciones adicionales: Cuando la declaración presenta particularidades que requieren una verificación más exhaustiva.
  • Datos incompletos o inconsistentes: Errores en la información proporcionada que obligan a realizar contrastes complementarios.
  • Deudas pendientes con la Administración: En estos casos, puede producirse una compensación automática que afecte al importe final a devolver.
  • Picos de gestión: En determinados momentos de la campaña, el volumen de declaraciones puede generar cuellos de botella en el procesamiento.

¿Qué hacer si la devolución se retrasa más de lo esperado?

Si transcurrido un tiempo razonable el contribuyente no ha recibido su devolución, existen varias vías para consultar el estado de la misma. La más inmediata es acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde puede consultarse la situación del trámite introduciendo el NIF y otros datos de verificación. También es posible realizar la consulta telefónicamente a través del servicio de información tributaria.

En caso de que el retraso supere el plazo legal de seis meses, el contribuyente tendrá derecho a percibir intereses de demora, que se calcularán aplicando el tipo de interés legal del dinero vigente sobre la cantidad pendiente de devolución.

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